Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad
El pico y placa en Medellín sigue siendo uno de los temas más consultados por quienes se movilizan en motocicleta. Durante diciembre de 2025, esta medida continúa operando de lunes a viernes, con horarios definidos y rotación de placas. Noticias Caracol le explica cómo funciona la restricción, sus alcances, las excepciones contempladas, los horarios y los montos por incumplimiento, así como algunos elementos que conviene tener en cuenta:
(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)
Durante la primera semana completa del mes, la restricción del pico y placa quedó establecida así:
| Día | Placas restringidas (primer dígito) |
|---|---|
| Lunes 1 | 6 y 9 |
| Martes 2 | 5 y 7 |
| Miércoles 3 | 1 y 8 |
| Jueves 4 | 0 y 2 |
| Viernes 5 | 3 y 4 |
Esta rotación fue oficializada por radio nacional y respaldada por la Secretaría de Movilidad de Medellín.
Las excepciones establecidas en decretos anteriores continúan vigentes. Entre ellas se encuentran las vías del sistema vial del Río, que incluyen el trayecto de la Autopista Sur y la Avenida Regional. También están exentas la Avenida Las Palmas, la vía a Occidente y la conexión entre la Avenida 33 y la Calle 10. A esto se suman los peajes y corredores ubicados en los corregimientos, según lo indicado por las autoridades locales.
En los municipios del Valle de Aburrá, como Bello, Itagüí y Envigado, se aplican exenciones o medidas propias que complementan la normativa de Medellín. Es importante aclarar que estas restricciones solo rigen dentro de la jurisdicción urbana y no en carreteras intermunicipales.
Algunas motocicletas no están sujetas a la medida, siempre que cumplan con los registros y permisos correspondientes. Entre ellas se encuentran los vehículos eléctricos, los híbridos y aquellos que funcionan con gas natural vehicular (GNV). Además, están exentos los vehículos destinados a emergencias, el transporte público, los automotores de medios de comunicación y los pertenecientes a entidades oficiales, siempre que se acredite la condición de manera adecuada.
El incumplimiento de la medida acarrea una multa equivalente a 15 días de salario mínimo diario legal vigente. Para el año 2025, esto representa aproximadamente 711.750 pesos. A la sanción económica se suma la inmovilización del vehículo. En caso de reincidencia, se aplican las disposiciones contempladas en el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito.
Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos. Cuenta con información y reportería propia de Noticias Caracol.
ÁNGELA URREA PARRA
NOTICIAS CARACOL