Restricción a la circulación para vehículos de carga de más de 10 años y el uso de calderas en las empresas del suroccidente de la ciudad son las medidas que tomaron las autoridades de Bogotá tras declarar una alerta ambiental por cuenta de la mala calidad del aire en esa zona de la capital colombiana.
Detalles de las medidas que aplican en el suroccidente de Bogotá por la alerta ambiental
- Restricción de la circulación para vehículos de carga de más de 10 años de antigüedad por la zona suroccidental de Bogotá, excepto por la avenida Boyacá, autopista Sur y la calle 13. La medida es de lunes a viernes de 6 a 8 a. m. y de 5 a 8 p. m. Los sábados es de 5 a. m. a 9 p. m., según el último número de placa.
- Además, una restricción en el uso de las calderas en empresas del suroccidente de Bogotá.
La medida se levantará solo cuando, durante 27 horas continuas, las estaciones de esa zona de la ciudad registren niveles óptimos o moderados en la calidad del aire.
¿Qué dicen las autoridades?
“Las condiciones para levantar la alerta son las mismas que se dan para declararla, es decir, requerimos de 27 horas seguidas del 50% de las estaciones de monitoreo en el suroccidente de la ciudad reportando condiciones de calidad del aire buenas o moderadas para poder levantar la alerta”, manifestó Adriana Soto, secretaria de Ambiente de Bogotá.
Según la funcionaria, la calidad del aire del suroccidente de Bogotá fue “de riesgo para la salud alto”.
Por su parte, Claudia Díaz, secretaria de Movilidad de Bogotá, se refirió a las restricciones para los vehículos que transitan por el suroccidente de la capital del país: “Dada la declaración de alerta ambiental la restricción de circulación va a aplicar para los vehículos de carga. Continúa la restricción como normalmente funciona para vehículos mayores a 20 años en toda la ciudad y, por la alerta ambiental, los vehículos de carga mayores a 10 años tendrán la misma medida de pico y placa. Es solo para la zona suroccidental”.
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Regulación del pico y placa para vehículos de carga en Bogotá en marzo
Los vehículos de carga mayores a 20 años tienen restricción los sábados desde las 5:00 a. m. hasta las 9:00 p. m.
- Sábado 2: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 3, 5, 7 y 9
- Sábado 9: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 0, 2, 4, 6 y 8
- Sábado 16: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 3, 5, 7 y 9
- Sábado 23: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 0, 2, 4, 6 y 8
- Sábado 30: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 3, 5, 7 y 9
Restricción durante la semana: es importante tener en cuenta que, sin importar el dígito de la placa, los vehículos de carga mayores a 20 años tienen restricción de circulación en Bogotá de lunes a viernes en el horario de 6:00 a.m. a 8:00 a.m. y de 5:00 p. m. a 8:00 p. m.