El Tribunal Superior de Bogotá determinó que los hechos de terror ocurridos en el marco del estallido social en la capital en el año 2021 no fueron producto de un agotamiento social espontáneo, sino de la participación probada de unos jóvenes quienes, según la decisión, no solo tuvieron contactos con miembros del bloque segundo Manuel Marulanda Vélez de las disidencias de las FARC, sino que recibieron instrucciones. Se confirmó la condena de tres personas infiltradas en la primera línea.
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Las órdenes fueron “reclutar personal, adoctrinar jóvenes, infiltrar universidades” y todos bajo un mismo mando y voz “atacar a la fuerza pública y el sistema de transporte masivo Transmilenio”.
El fallo señala que la organización criminal conformó grupos de WhatsApp denominados “Las Américas, Carrera 7, Carrera 30, Auto norte, Auto sur, y Caracas”, en los que se inducía a los manifestantes a quemar y robar buses, bloquear vías, estrellar alimentadores y hasta saquear supermercados.
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El juez Jaime Andrés Velasco Muñoz señaló que es “hasta imposible concluir que su conducta se limitara a ejercer sus derechos a la protesta y a la libre expresión, como lo plantean en su defensa, cuando la verdad probada es que mantenían relacionamiento directo con un autoproclamado cabecilla de una organización al margen de la ley”.
La sentencia señala que dentro de la organización existían roles y mandos, y hasta se habla de estatutos de las FARC avalados por el ya abatido alias Gentil Duarte, cabecilla de las disidencias.
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La decisión incluye interceptaciones telefónicas en las que hay apartes donde se confirma el aval del grupo armado ilegal y hasta reuniones con grandes jefes.
“La siguiente acción es que yo tengo el aval personalizado del central… Mordisco es el mando principal y Gentil Duarte es el segundo al mando… No podemos tener miedo ni perder… pronto haré lo posible para reunirnos porque hay una nueva estrategia de trabajo”, señalan las interceptaciones.
Tres de los acusados fueron sentenciados a 19 años de prisión y uno más fue condenado a una pena de 10 años, así como multas que superan los 1.000 millones de pesos.
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