La Corte Constitucional dice que los hombres mayores de edad pertenecientes a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras deben quedar, como las comunidades indígenas, exonerados de prestar el servicio militar obligatorio.
Según el fallo, en la ley 1861 de 2017, que ya excluía a las comunidades indígenas:
El Legislador incurrió en una omisión legislativa relativa al no incluir a las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras en el ámbito de aplicación de las disposiciones acusadas.
La ponente señaló:
La norma acusada vulneró el principio de igualdad en perjuicio de la comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras.
Las reacciones en la comunidad afrocolombiana ante el fallo están divididas; algunos celebran la decisión del servicio militar, otros creen que es una forma de discriminación.
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"En hora buena nuestros jóvenes ya no van a tener que ir a la guerra, sacrificarse, ser asesinados en una guerra absurda que no ha conllevado a nada en nuestros territorios", consideró Danesis Arce Ramírez, líder comunidad afro.
Sin embargo, Eder López, director de la Fundación Construyendo Paz y Medio Ambiente, cree "que es una decisión muy apresurada, porque hay personas de las comunidades negras que tienen el sueño de prestar su servicio militar, ir a las Fuerzas Militares, pero a la vez hay personas que no porque tienen otras ideas o proyectos para cumplir su sueño de vida".
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En su momento, el Ministerio de Defensa le envió a la Corte Constitucional un concepto en el que pedían desestimar los argumentos de la demanda explicando que se deben incluir en la norma a todas las etnias y comunidades existentes por razones de diversidad cultural.
Por su parte, el comando de reclutamiento y control de reservas del Ejército manifestó que es respetuoso de la ley y revisará el fallo para así darle la debida aplicación.