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La Dirección de Tránsito de Bucaramanga (DTB) anunció la modificación en la programación del pico y placa que operará desde el próximo 1 de octubre hasta finales de diciembre de 2025. La medida establece una nueva distribución semanal de dígitos restringidos y fija un calendario para los días sábados, manteniendo los mismos horarios de restricción que venían aplicándose en el trimestre anterior.
El pico y placa aplica a los automotores particulares matriculados en el departamento de Santander y será válido tanto en Bucaramanga como en los municipios de Floridablanca, Girón y Piedecuesta, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución 017 de 2025. Esta norma corresponde al tercer ciclo de rotación implementado durante el año y da continuidad a la regulación que estuvo en vigencia entre julio y septiembre.
La disposición no incluye modificaciones en los horarios previamente establecidos, pero sí actualiza la rotación de dígitos, aspecto que, según la DTB, obedece a la necesidad de distribuir de forma equitativa la restricción a lo largo del calendario. El modelo adoptado por Bucaramanga combina dos esquemas: la restricción fija de lunes a viernes y la programación rotativa para los sábados. Según la administración municipal, este sistema busca generar un impacto equilibrado en la movilidad, sin concentrar las limitaciones siempre sobre los mismos conductores.
De lunes a viernes, la circulación de vehículos particulares se verá limitada de acuerdo con el último dígito de la placa:
La restricción se aplicará en horario continuo entre las 6:00 a.m. y las 8:00 p.m.
El esquema también contempla limitaciones para los fines de semana. Cada sábado se aplicará de manera rotativa a dos dígitos, en jornada de 9:00 a.m. a 1:00 p.m. Durante el mes de octubre, la programación será la siguiente:
En adelante, el mismo orden se repetirá de manera consecutiva para los siguientes sábados del trimestre.
Uno de los cambios implementados durante este ciclo es la inclusión de una clasificación especial para automotores con matrícula de otros departamentos. Desde el 16 de julio de 2025, los vehículos con placas foráneas también están sujetos a la medida de pico y placa, pero bajo una modalidad distinta. En lugar de aplicar el mismo calendario rotativo, se les asigna una restricción basada en la paridad del último dígito: unos días no podrán circular los vehículos con placas terminadas en número par, y otros, los de número impar.
Esta modificación se adoptó como respuesta al creciente ingreso de vehículos de otras regiones del país, una situación que la Dirección de Tránsito considera una causa adicional de congestión vehicular, especialmente durante los periodos de alta circulación.
Existen varios tipos de vehículos que están exentos del cumplimiento de la medida, siempre y cuando cuenten con los documentos o permisos requeridos. Entre estos se encuentran:
Cualquier otra excepción debe contar con una autorización expresa expedida por la autoridad de tránsito mediante acto administrativo.
El incumplimiento de la medida puede acarrear sanciones económicas para el conductor. La multa por circular en horario restringido asciende a $711.750, correspondiente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes en 2025. Adicionalmente, el vehículo podría ser inmovilizado si es sorprendido circulando sin la debida autorización.
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Las autoridades reiteran que la programación establecida en la Resolución 017 de 2025 también define los criterios para el último ciclo del año, que se desarrollará entre octubre y diciembre. La programación trimestral permite a los conductores anticipar sus desplazamientos y facilita la planificación del transporte en el área metropolitana.
VALENTINA GÓMEZ GÓMEZ
NOTICIAS CARACOL
vgomezgo@caracoltv.com.co