
Un fallo de la Corte Constitucional redefine el acceso a internet en Colombia y, sobre todo, a las aplicaciones móviles. El alto tribunal generó lineamientos sobre los alcances que permitían a los operadores móviles ofrecer planes de acceso gratis a ciertas aplicaciones, esto tras una demanda del equipo liderado por la abogada Ana Bejarano.
La Corte declaró inexequible un artículo que permitía a los proveedores de servicios de internet ofrecer planes diferenciados según los perfiles de consumo de sus usuarios bajo el modelo conocido como cero rating. En otras palabras, tumbó la norma que permitía a los operadores móviles ofrecer acceso gratis a ciertas aplicaciones como WhatsApp, Facebook o Instagram, porque afecta el principio de neutralidad en la red; es decir, que alguien defina qué aplicaciones puede usar gratis.Seguramente elegirán las mismas aplicaciones, pero tendrán la posibilidad de decidir
Según la Corte Constitucional, el acceso a una internet libre, sin restricciones ni interferencias comerciales, es un componente esencial del derecho fundamental a la libertad de expresión.
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Ana Bejarano recalca que “lo que va a hacer posible es que las personas elijan cuáles son esas aplicaciones que quieren que no les consuman los datos. Seguramente mucha gente va a terminar eligiendo las mismas aplicaciones porque son las más usadas, pero esa posibilidad de elegir y de decidir cuál es el internet que yo quiero que sea gratis es un cambio revolucionario para Colombia”.
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Resalta que “ahora, incluso las personas de escasos recursos que acceden a los planes más baratos de telefonía celular van a poder elegir cuáles son las aplicaciones que quieren que sean gratis, que no les consuman datos en su celular”.
Y puso como ejemplo lo que necesita un taxista, que puede tener la opción de ya no tener, por ejemplo, la aplicación de Instagram sin costo adicional, sino elegir una app de transporte o una de GPS sin que se le consuman los datos. “Aunque esto parezca intrascendente, los derechos humanos están completamente atados al uso del internet. La satisfacción de muchos derechos está atada al uso libre del internet y lo que queremos es que sea libre, no que sea lo que ciertas plataformas gigantescas como Meta decidan por la gente”.

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¿Podrían los operadores dejar de ofrecer apps gratis?
Wilson Vega, director de Xataka y experto en tecnología, recordó que antes del fallo se “les permitía a los operadores tomar una decisión, totalmente por cuenta de ellos, de ofrecer algunos accesos a aplicaciones como WhatsApp o como Facebook, sin que cuenten contra los planes de datos que están pagando los usuarios. Eso básicamente es un beneficio que se hace con el fin de atraer a las personas a comprar un determinado plan”.
Y “aunque puede parecer inclusivo darle a la gente acceso gratuito a una determinada plataforma, como es una y no otra, en realidad lo que se está haciendo es atentar contra la libertad de navegación”, agregó.
Sin embargo, tanto la demanda que emprendió la abogada Ana Bejarano como la decisión de la Corte Constitucional ha generado críticas en torno a que los operadores móviles podrían abstenerse de ofrecer las aplicaciones gratis, incluso las más populares, “y si a usted le descuentan por usar TikTok o por usar Snapchat, entonces le deben descontar por usar Facebook. Y sí, en ese sentido el beneficio comercial se perdería”, señala Vega.
Frente a la pregunta de si eso no sería contraproducente para los más pobres, como aquellos que acceden a WhatsApp para pedir citas médicas, el experto respondió “sí. Y yo creo que por eso es que en el vacío no puede quedarse, sino que tiene que haber una forma contextualizada y humana de hacer este tipo de decisiones y de medidas”.
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En todo caso, la medida para elegir las apps gratuitas con el operador móvil no es inmediata y la corte da un plazo de un año para que las compañías busquen alternativas.
EDITADO POR SANDRA SORIANO SORIANO
PERIODISTA DIGITAL NOTICIAS CARACOL
smsorian@caracoltv.com.co
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*CON INFORMACIÓN DE PABLO ARANGO, PERIODISTA DE NOTICIAS CARACOL