La gestión del tráfico en Ibagué, más conocida como la 'Capital Musical' se mantiene como una de las prioridades de la alcaldía. Bajo los lineamientos del Decreto 0768, la ciudad aplica una restricción vehicular diseñada para descongestionar las arterias viales principales durante el primer semestre del año. Para los habitantes de Ibagué y viajeros que transiten por el Tolima, es fundamental conocer el calendario de movilidad vigente para evitar sanciones económicas o el traslado de sus vehículos a los patios.
Calendario de restricción: semana del 2 al 6 de marzo
El modelo de Pico y Placa en la ciudad opera de lunes a viernes, en una jornada continua que inicia a las 6:00 a. m. y finaliza a las 9:00 p. m. Cabe recordar que la medida se basa en el último dígito de la placa y no tiene vigencia durante los fines de semana (sábados y domingos). La rotación para esta semana de marzo está establecida de la siguiente manera:
| Día de la semana | Fecha | Últimos dígitos restringidos |
| Lunes | 2 de marzo | 8 y 9 |
| Martes | 3 de marzo | 0 y 1 |
| Miércoles | 4 de marzo | 2 y 3 |
| Jueves | 5 de marzo | 4 y 5 |
| Viernes | 6 de marzo | 6 y 7 |
El beneficio de la "Hora Valle"
Una de las particularidades de la normativa actual es el incentivo dirigido exclusivamente a los propietarios de vehículos matriculados en Ibagué. Estos automotores pueden circular libremente en horarios específicos, incluso si su placa coincide con el día de restricción.
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Las franjas de libre tránsito para placas locales son:
- Mañana: de 9:00 a. m. a 11:00 a. m.
- Tarde: de 3:00 p. m. a 5:00 p. m.
Importante: Si su vehículo está matriculado en otras ciudades como Bogotá, Neiva o Medellín, este beneficio no aplica. En estos casos, la restricción debe cumplirse de forma ininterrumpida de 6:00 a. m. a 9:00 p. m.
Consecuencias por incumplimiento
Aunque al inicio del año se implementó una fase pedagógica, desde el pasado 10 de enero la Secretaría de Tránsito aplica sanciones plenas mediante agentes y cámaras de fotodetección.
Infringir el Pico y Placa conlleva las siguientes penalizaciones:
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- Multa económica: el equivalente a 15 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV).
- Inmovilización: el vehículo será trasladado a los patios, lo que genera gastos adicionales por servicios de grúa y estacionamiento.
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