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La ciudad de Ibagué, capital del departamento del Tolima, continúa aplicando de forma rigurosa su esquema de restricción vehicular conocido como Pico y Placa. Esta medida, establecida para gestionar el flujo vehicular y mitigar la congestión vial, ha permanecido inmutable desde su implementación el 1 de julio y está proyectada para tener vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2025. El cumplimiento de esta normativa es crucial para los conductores que circulen entre el lunes 24 y el viernes 28 de noviembre, periodo en el cual el sistema operará con su secuencia habitual y horaria.
La regulación del pico y placa en Ibagué se aplica exclusivamente a los vehículos particulares matriculados en esa ciudad. La franja horaria de la restricción es una de las más amplias en el país, extendiéndose de manera ininterrumpida desde las 6:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche.
El sistema de pico y placa en Ibagué se basa en el último dígito numérico de la placa, siguiendo una secuencia constante que se ha mantenido sin alteraciones. Basándonos en el cronograma constante establecido por las autoridades de tránsito, el calendario de restricción para la semana del 24 al 28 de noviembre se determina de la siguiente manera:
Consciente de la extensa duración de la prohibición diaria, la administración municipal implementó la denominada 'Hora Valle' como un mecanismo estratégico de alivio para los ciudadanos. Este sistema busca facilitar el desplazamiento de los vehículos restringidos durante dos intervalos de tiempo que registran una menor saturación del tráfico en la capital del Tolima.
La 'Hora Valle' permite la circulación temporal en dos ventanas horarias. La primera ventana se habilita de 9:00 a. m a 11:00 a. m, mientras que la segunda comprende el lapso de 3:00 p. m a 5:00 p. m. El propósito central de estos periodos de alivio es permitir a los conductores cumplir con compromisos considerados esenciales, tales como asistir a citas médicas, transportar a menores a centros educativos o realizar diligencias laborales específicas.
La normativa de movilidad es clara en cuanto a las excepciones y las sanciones. El Secretario de Movilidad, Ricardo Fabián Rodríguez, ha enfatizado que, fuera de las franjas de la 'Hora Valle' y las 15 excepciones específicas contempladas en el decreto, no se concede ningún tipo de permiso especial que autorice la circulación durante las horas de restricción.
Entre las categorías de vehículos exentos se incluyen aquellos destinados a servicios públicos domiciliarios, los automotores oficiales (como los de la Policía y las Fuerzas Militares), los vehículos utilizados para el transporte de personas con discapacidad, y los que operan mediante propulsión eléctrica o híbrida.
El incumplimiento de la medida trae consigo graves consecuencias logísticas y económicas, según lo establecido por el Código Nacional de Tránsito. Circular en horarios o zonas prohibidas se tipifica como la infracción C14. Esta falta implica la imposición de una multa cuyo valor asciende a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV). Además de la sanción pecuniaria, la norma establece la inmovilización inmediata del vehículo por parte de las autoridades de tránsito.
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La Alcaldía de Ibagué, a través de sus comunicados, ha reiterado la necesidad de que los conductores planifiquen sus desplazamientos con antelación, teniendo en cuenta el último dígito de su placa. Dado que el esquema busca garantizar el ordenamiento del tráfico en la ciudad, la rigidez del sistema de rotación y la aplicación de multas severas se mantienen como herramientas fundamentales para alcanzar este objetivo hasta finales de 2025.
Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos. Cuenta con información y reportería propia de Noticias Caracol.
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ANDRÉS FELIPE ADAMES RESTREPO
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