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Cartagena de Indias, reconocida como Distrito Turístico y Cultural, mantiene inalterable su estrategia de ordenamiento del tránsito local mediante la aplicación del pico y placa. Esta medida es gestionada por la Alcaldía Mayor de Cartagena a través del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT) y busca garantizar la fluidez en las arterias viales de la ciudad ante la alta demanda vehicular.
Para la semana comprendida entre el lunes 24 y el viernes 28 de noviembre de 2025, la restricción de pico y placa en Cartagena operará en su formato habitual de cinco días, pues no se contemplan días festivos que permitan la libre circulación. La normativa actual se rige bajo el Decreto 1690 de 2025, una disposición que ha estado en vigor desde el 6 de octubre de 2025 y se proyecta finalizar el 2 de enero de 2026.
El calendario de restricción se aplica tanto a vehículos particulares como a motocicletas, siguiendo una misma rotación que depende del último dígito de la placa. Es crucial que los conductores tengan conocimiento detallado de este esquema para evitar sanciones y contribuir al tráfico urbano.
Para los vehículos particulares, la restricción se aplica en dos segmentos horarios, diseñados para mitigar la congestión en las horas pico de desplazamiento. El horario de la mañana comprende de 7:00 a.m a 9:00 a.m, y el horario de la tarde se extiende de 6:00 p.m a 8:00 p.m.
El esquema de rotación para la semana del 24 al 28 de noviembre es el siguiente, dando continuidad al ciclo establecido en el decreto vigente:
La regulación para motocicletas en Cartagena, incluyendo cuatrimotos, tricimotos, motocarros y bicicletas con motor de combustión interna, es significativamente más extensa que la aplicada a los vehículos particulares. Si bien siguen la misma rotación diaria, la restricción horaria es continua, aplicando desde las 5:00 a. m hasta las 11:00 p. m.
Adicionalmente, se mantienen restricciones geográficas y horarias cruciales para este tipo de vehículos hasta el 2 de enero de 2026. Existe una prohibición total de ingreso y circulación en los barrios que conforman el Centro Amurallado, específicamente Centro, San Diego, La Matuna y Getsemaní. Solo se permite el tránsito por corredores específicos, como la Avenida Luis Carlos López y la Avenida Concolón, donde deben tomar la Calle 30 para seguir su destino.
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También permanece vigente la restricción nocturna de circulación para motocicletas de cualquier cilindraje y modalidad, aplicable entre las 11:00 p. m y las 5:00 a. m del día siguiente. Las normativas del distrito también restringen el transporte de mujeres en estado de gestación y menores de 12 años como pasajeros en cualquier zona de la ciudad.
El no seguir el pico y placa conlleva graves sanciones económicas. Las autoridades han determinado que la infracción resulta en una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMDLV). Esta penalidad puede recaer tanto en el conductor como en el propietario del vehículo.
Como medida complementaria, el incumplimiento de la restricción vehicular puede implicar la inmovilización del vehículo por parte de las autoridades de tránsito, conforme al Código C14 de la Ley 1383 de 2010.
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Con la implementación de esta medida hasta principios del próximo año, el DATT busca consolidar un modelo de movilidad que beneficie tanto a residentes como a visitantes. El entendimiento y acatamiento de la rotación semanal son esenciales para una convivencia vial ordenada en Cartagena. Con el calendario establecido para el 24 al 28 de noviembre, los conductores deben ajustar sus horarios de circulación de lunes a viernes para evitar multas y contribuir a la disminución de la congestión.
Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos. Cuenta con información y reportería propia de Noticias Caracol.
ANDRÉS FELIPE ADAMES RESTREPO
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