Para muchos colombianos, la jornada laboral no se detiene a pesar de las tragedias personales. Durante años, miles de personas han tenido que acudir a sus puestos de trabajo ocultando un dolor profundo tras la muerte de su mascota.
Sin embargo, esta realidad en el entorno laboral de Colombia estaría a punto de transformarse gracias a un reciente pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia, el cual abre la puerta para que los empleados puedan acceder a una licencia por luto ante el fallecimiento de su animal de compañía.
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El origen de este cambio se encuentra en la Sala Laboral de la máxima instancia judicial, que decidió avalar un pacto previo entre un sindicato y una empresa. Aunque la organización inicialmente se oponía a entregar una licencia remunerada de un día por la pérdida de un animal, la Corte determinó que este beneficio es plenamente viable y humano.
"Murió en mis brazos"
La noticia ha resonado profundamente en ciudadanos como Mauricio Carreño, quien vivió en carne propia el dolor de perder a un compañero fiel. Él relató a Noticias Caracol cómo canalizó su tristeza a través del arte para despedir a su gato Moticas.
"Yo le escribí una canción a Moticas, a mi gatico... le escribí unas palabras, le hablé. Él murió en mis brazos. Fue muy doloroso, muy duro", comentó.
Para Mauricio, la intensidad de este sentimiento no es menor a la de otros duelos tradicionales, como perder a un familiar. Su testimonio refleja el sentir de una gran parte de la población que considera a sus animales como miembros integrales de su núcleo cercano. (Lea también: Alertan de galletas para perros contaminadas con Salmonella: estas son las referencias)
El argumento legal: apoyo emocional y nexos humanos
La decisión de la Corte Suprema de Justicia se fundamenta en un análisis técnico de la relación entre el trabajador y su entorno. Según el alto tribunal, los nexos que se crean con un animal de compañía son indiscutibles y fundamentales para el bienestar del empleado.
La Corte señala que estos animales representan:
- Un aporte emocional constante.
- Una fuente de apoyo y compañía.
- Una fórmula de distracción y protección para el individuo.
Por estas razones, es “entendible que su pérdida produzca una situación emocional a la familia”, indica Luis Benedicto Herrera, magistrado de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia.
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Desde esta perspectiva, la justicia reconoce que un trabajador afectado emocionalmente no puede rendir de la misma manera y merece un espacio para afrontar el duelo.
“No se puede minimizar el dolor”
Expertos en psicología, consultados en el marco de esta decisión, coinciden en que el luto animal debe ser respetado y validado socialmente. El proceso de duelo por una mascota genera un impacto en toda la estructura familiar y no debe ser ignorado bajo prejuicios anticuados.
"No se puede minimizar el dolor diciéndole que no era un humano... hay que respetar el dolor", señala el psicólogo Álvaro Franco.
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La validación de este sentimiento es el primer paso para una recuperación psicológica saludable, permitiendo que el trabajador regrese a sus labores con mayor estabilidad.
Requisitos y futuro de la medida
Aunque el fallo de la Corte Suprema responde a un caso particular, sienta un precedente legal crucial para el futuro del derecho laboral en Colombia. Se espera que a partir de 2027 más empresas se motiven a implementar este beneficio de manera voluntaria o mediante nuevas negociaciones con organizaciones sindicales.
Para que un trabajador pueda acceder a este beneficio bajo los lineamientos que el alto tribunal considera clave, se deben cumplir dos condiciones esenciales como:
- Inscripción previa: los dueños deben inscribir oficialmente a su mascota ante la empresa.
- Naturaleza doméstica: El animal debe ser de carácter doméstico.
¿Cuáles son considerados animales de compañía?
Luis Domingo, abogado y profesor experto en derecho animal, explicó en Noticias Caracol que algunas personas tienen como mascotas no solo perros y gatos, también se hallan los domésticos como vacas, cerdos o caballos, entre otras especies. “Por eso, el instrumento de registro que diseñe la empresa debe tener una rigurosidad técnica que irá a concertar con el sindicato”, indica, y señala que el 67% de los hogares es multiespecie y más del 30% de familias tiene dos tipos de animales.
Frente a esto, Domingo dijo que la Corte Constitucional en una sentencia de 2024 estableció que un animal doméstico de compañía:
- No puede ser silvestre (ningún animal cuya tenencia esté prohibida).
- Tener lazos afectivos fuertes, es decir, que ha sido incluidos en el núcleo familiar.
- Que el animal dependa para su sustento del tutor.
- Que la mascota no tenga un fin comercial.
***Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos. Cuenta con información y reportería propia de Noticias Caracol.