El inicio del 2026 marca en muchos hogares colombianos el final de las vacaciones y el inicio de las clases para los más jóvenes del núcleo familiar. Padres de familia preparan sus bolsillos para la compra de útiles escolares de los estudiantes de los colegios en Colombia que inician clases en las próximas semanas.
Ante el próximo inicio de clases, el Ministerio de Educación ha recordado a las instituciones educativas públicas y privadas, así como a los padres de familia, que hay útiles escolares que no deben pedir a los estudiantes. Es importante que en los hogares conozcan estas medidas para que adquieran los útiles necesarios para los jóvenes, pero no gasten dinero de más.
¿Qué útiles escolares no pueden pedir los colegios?
El Ministerio de Educación, a través de la Circular 002 del 8 de enero de 2026, recordó a los colegios y los hogares colombianos que los materiales, uniformes y textos escolares no pueden convertirse en una carga excesiva ni en un negocio paralelo. Es por eso que las instituciones deben pedir a los estudiantes exclusivamente los materiales necesarios para el desempeño de las labores académicas.
Según la Ley 115 de 1994, modificada por la Ley 1269 de 2008, toda lista de útiles debe ser aprobada por el consejo directivo de cada institución educativa, tanto pública como privada. Con esto se establece que los materiales allí expresados solo correspondan a labores pedagógicas.
Es por eso que se resalta que algunos de los materiales que no se deben exigir en las listas escolares son:
- Productos de aseo personal como papel higiénico, desinfectantes o toallas.
- Insumos para botiquines escolares.
- Material administrativo o de uso institucional.
- Compras obligatorias en un solo proveedor.
- Útiles que no tengan una justificación pedagógica clara.
La ley también es clara en detallar que las instituciones no pueden exigir a los padres de familia adquirir los útiles únicamente dentro del colegio o en establecimientos asociados. Mucho menos imponer marcas, proveedores o referencias específicas.
Otro punto importante son los libros escolares. Se ha establecido en la norma que los textos escolares deben mantenerse por al menos tres años, lo que no obliga a los hogares a comprar cada año libros diferentes. De la misma forma, no se puede obligar a adquirir los textos en el colegio ni en librerías con las que exista algún convenio.
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En cuanto a los uniformes, la norma indica que cada institución no puede exigir más de un uniforme de uso diario y uno de educación física. Está prohibido pedir prendas adicionales, diseños especiales o realizar cambios frecuentes en los uniformes que perjudiquen el bolsillo de los padres de familia y, además, puedan afectar la equidad entre los estudiantes.
¿Qué útiles escolares sí pueden pedir los colegios?
Las listas de útiles escolares, que deben estar debidamente cargadas en la plataforma EVI para la respectiva inspección y control de las secretarías de educación, sí pueden exigir materiales como:
- Lápices
- Esferos
- Borradores
- Cuadernos
- Colores
- Marcadores
- Reglas
- Tijeras,
- Pegamento
- Carpetas,
- Escuadras
- Compases
- Calculadoras
- Pinceles
- Témperas
- Textos académicos
¿Cuándo entran a clases los colegios distritales de Bogotá?
La Secretaría de Educación del Distrito (SED) expidió la Resolución 2433 del 27 de octubre de 2025, mediante la cual definió el calendario académico 2026 para las instituciones oficiales de educación preescolar, básica y media de Bogotá. Según esto las clases para estudiantes de colegios públicos de la ciudad iniciarán del 26 de enero e irán hasta el 29 de noviembre de 2026.
MARÍA PAULA GONZÁLEZ
PERIODISTA DIGITAL