El Ministerio de Educación Nacional abrió a consulta pública el proyecto de resolución que determina cómo se aplicarán los incrementos en matrículas, pensiones y cobros periódicos en los colegios privados del país para el calendario escolar que comenzará en 2026. La iniciativa busca reglamentar los topes máximos de aumento que podrán aplicar los establecimientos educativos privados de preescolar, básica y media, conforme a lo establecido en la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001 y el Decreto 1075 de 2015.
El documento estará disponible hasta el viernes 19 de septiembre para que la ciudadanía presente observaciones y sugerencias a través de la plataforma oficial de consulta normativa del Estado. El proyecto no solo aborda matrículas y pensiones, también establece lineamientos sobre otros cobros periódicos relacionados con transporte escolar, alimentación, alojamiento y materiales educativos.
Mineducación busca que ciudadanía presente observaciones sobre aumento en matrículas
El Ministerio de Educación resaltó que este proceso busca garantizar transparencia en la fijación de tarifas y permitir que las familias, directivos docentes y la sociedad en general conozcan y opinen sobre los criterios aplicados. Las observaciones se podrán presentar hasta el 19 de septiembre de 2025 en la plataforma oficial de consulta pública del Estado, en este enlace.
"El Ministerio de Educación Nacional informa que se encuentra publicado para observaciones de la ciudadanía el proyecto de resolución que establece los parámetros para el aumento de las tarifas de matrícula, pensiones y cobros periódicos de los establecimientos educativos privados de preescolar, básica y media, para el año escolar 2026. De acuerdo con el acto administrativo, los incrementos máximos se definen con base en el régimen en el que se clasifique cada establecimiento", se lee en el comunicado de la entidad.
"Se invita a la comunidad educativa a participar con sus aportes en la revisión de este proyecto de acto administrativo", indicó Mineducación. Una vez finalizado el periodo de consulta ciudadana, el Ministerio de Educación analizará las propuestas y comentarios recibidos. Posteriormente, expedirá la versión final de la resolución que regirá los incrementos de matrículas, pensiones y cobros periódicos en colegios privados para el año escolar 2026.
¿Cómo se calcula el incremento de la matrícula en colegios privados de Colombia?
El mecanismo de fijación de tarifas parte de la clasificación de los colegios en tres regímenes: libertad regulada, libertad vigilada y régimen controlado. Esta clasificación depende de la autoevaluación institucional y del cumplimiento de requisitos establecidos en el Manual de Autoevaluación y Clasificación de Establecimientos Educativos Privados, documento oficial que las instituciones deben diligenciar en el sistema EVI (Evaluación Institucional y Reporte Financiero). A partir de esa clasificación, los incrementos se calculan con base en cinco criterios:
- El Índice de Precios al Consumidor (IPC) de agosto de 2025, aplicable a todos los colegios.
- Los resultados del índice de permanencia estudiantil, que mide permanencia intraanual, permanencia interanual y tasa de aprobación de los estudiantes según el Sistema Integrado de Matrícula (SIMAT).
- La implementación de estrategias de educación inclusiva, aplicable a instituciones que atienden población con discapacidad caracterizada oficialmente.
- El reconocimiento a la labor docente, que otorga un margen adicional a los colegios que acrediten el pago de salarios de al menos el 80% de sus profesores, bajo la escala definida en el Decreto 2277 de 1979.
- La clasificación por acreditación de calidad o autoevaluación, según el régimen aplicable.
De acuerdo con el texto del proyecto, cada establecimiento podrá aplicar un incremento igual o inferior al máximo autorizado, y cualquier descuento que otorgue deberá registrarse en sus manuales de convivencia y contratos de matrícula.
¿Cuánto aumentaría matrícula en colegios privados, si es aprobada resolución?
El proyecto detalla en varios artículos cómo se aplicarán los incrementos anuales de tarifas dependiendo del régimen:
- Régimen de libertad regulada: Los colegios que se ubiquen en esta categoría podrán incrementar sus tarifas con base en la acreditación de calidad, el IPC, la educación inclusiva, el reconocimiento a la labor docente y los resultados del índice de permanencia. Por ejemplo, aquellos con permanencia alta podrán sumar un 1%, los de permanencia media un 0,3% y los de permanencia baja un 0,1%.
- Régimen de libertad vigilada: Los incrementos se calculan a partir de la autoevaluación institucional, más el IPC, la educación inclusiva, el reconocimiento a la labor docente y el nivel de permanencia. Aquí los márgenes son menores: 0,5% adicional para permanencia alta, 0,3% para media y 0,1% para baja.
- Régimen controlado: En este caso, los aumentos permitidos son aún más restringidos. Los colegios en esta categoría podrán ajustar tarifas tomando como base el IPC y adicionando márgenes reducidos según permanencia y otros factores.
En todos los casos, la tarifa del primer grado de un colegio se calculará con base en la tarifa autorizada para el grado anterior o, si no hay antecedente, se fijará sobre la tarifa determinada para el nivel más cercano dentro del mismo régimen. El aumento máximo puede ser del IPC + 1% y hasta 3%; si un colegio de este escalafón tiene una matrícula de $1.000.000, podría subir a $1.120.000.
Permanencia estudiantil como indicador clave en aumento
El índice de permanencia se consolida como uno de los factores principales para definir los incrementos. Este indicador mide la capacidad de los colegios para mantener matriculados a los estudiantes, evitar la deserción y garantizar la aprobación académica. Se tendrán en cuenta tres variables:
- Permanencia intraanual: porcentaje de estudiantes que permanecieron matriculados durante 2024 sin retirarse en el transcurso del año.
- Permanencia interanual: porcentaje de estudiantes que continuaron matriculados entre 2023 y 2024.
- Tasa de aprobación: porcentaje de estudiantes que aprobaron el año escolar en 2024.
Con estas variables, se clasificará a los colegios en escala alta, media o baja, lo que incidirá en los puntos adicionales de incremento que se les autoricen. Otro de los elementos contemplados en la resolución es el reconocimiento a los colegios que implementen estrategias de educación inclusiva y atiendan población escolar con discapacidad debidamente certificada. Estas instituciones podrán incrementar sus tarifas en un 0,3% adicional.
VALENTINA GÓMEZ GÓMEZ
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