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Este viernes vence el plazo para pagar el impuesto vehicular en Bogotá con un 10 % de descuento. A partir del 17 de mayo, los contribuyentes deberán pagar el valor total sin beneficio. Según el Acuerdo 780 de 2025, artículo 25, existen incentivos tributarios para ciertos vehículos matriculados entre los años 2021 y 2030, aplicables durante cinco años consecutivos.
Los descuentos establecidos son del 60% para vehículos eléctricos particulares, del 70% para taxis eléctricos nuevos y del 40% para vehículos híbridos eléctricos. Estos beneficios no aplican para vehículos híbridos a gas.
Quienes necesiten asesoría o deseen realizar el pago de manera presencial pueden acudir a la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicada en la calle 22B #31-43, entre las 7:00 a.m. y 4:30 p.m. Para quienes no pueden acercarse, el trámite también está disponible en línea hasta las 11:00 p.m. del 16 de mayo.
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Para realizar el pago en línea, los pasos son los siguientes:
El sistema solicitará la siguiente información:
Después, se debe hacer clic en ‘Buscar’. El sistema permitirá dos opciones: descargar el recibo para pagar de forma presencial o continuar con el pago en línea. En este último caso, el usuario deberá escoger entre pago con aporte voluntario o sin aporte voluntario, y seleccionar el medio de pago habilitado (PSE o tarjetas de crédito, según disponibilidad de la entidad bancaria). Una vez finalizado el proceso, el sistema habilitará la opción de descarga del certificado de pago.
El impuesto vehicular es una obligación tributaria anual para todos los propietarios de vehículos matriculados en Colombia. Su cálculo se basa en el valor comercial del vehículo, y la tarifa oscila entre el 1,5 % y el 3,5 % del valor del automotor. El cumplimiento oportuno de esta obligación evita sanciones y recargos por mora.
Si el contribuyente no realiza el pago con descuento antes del 16 de mayo, tendrá plazo hasta el 25 de julio para cancelar el valor total del impuesto. Sin embargo, si tampoco cumple con ese plazo, deberá asumir una sanción por extemporaneidad equivalente al 1,5 % del valor por cada mes o fracción de mes de retraso sin exceder del 100% del impuesto.
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Cabe recordar que este pago debe realizarse anualmente. No cumplir con esta obligación puede generar reportes negativos, intereses y bloqueo para realizar otros trámites vehiculares.
El impuesto vehicular no aplica para los siguientes casos:
Aunque estos vehículos están exentos del impuesto, todos deben pagar los derechos de semaforización. Para los vehículos eléctricos e híbridos en Bogotá, se mantiene un incentivo tributario del 60% de descuento en el impuesto durante cinco años.
Existen tres canales habilitados para el pago:
Las entidades bancarias autorizadas para hacer el pago del impuesto vehicular son:
De acuerdo con el Decreto 1493 del 13 de diciembre de 2024, el valor del impuesto vehicular para este año depende del precio del vehículo. Las tarifas se aplican así:
DANNA SOFÍA SUÁREZ G
PERIODISTA DE NOTICIAS CARACOL
DSSUAREZ@CARACOLTV.COM.CO