El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) confirmó el 8 de enero de 2026 que la inflación anual de 2025 cerró en 5,1%, con una variación mensual de diciembre de 0,27%. El Índice de Precios al Consumidor (IPC) es una medida fundamental para entender la inflación y el costo de vida en un país. En Colombia, el DANE es la entidad encargada de calcular y publicar esta cifra. Este índice refleja la variación de los precios de una canasta de bienes y servicios representativos del consumo de los hogares colombianos. Un ejemplo de ello es el incremento en los arriendos.
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Para calcularlo, el DANE analiza la evolución de la canasta familiar, un conjunto de referencia que agrupa los 443 artículos que los colombianos adquieren con mayor frecuencia. A partir de este indicador, se calculan los incrementos anuales en rubros clave como:
- Cánones de arrendamiento: los contratos de vivienda urbana se ajustan según el IPC anual.
- Algunos peajes: aunque intervienen otras variables, la inflación es un componente base para sus tarifas.
- Avalúos catastrales: determinan el valor base para impuestos sobre la propiedad.
- Servicios de salud: consultas y procedimientos particulares suelen actualizar sus precios bajo este margen.
El tope de aumento del arriendo en 2026 tras anuncio del IPC
La Ley 820 de 2003 establece que el canon de arrendamiento solo puede incrementarse hasta un 100% del IPC del año inmediatamente anterior. Esto significa que, durante 2026, ningún propietario puede subir legalmente el arriendo por encima del 5,1%. Además, la norma es clara en dos aspectos fundamentales:
- El incremento solo puede aplicarse cuando el contrato cumpla un año desde su firma o desde el último ajuste.
- El aumento no es automático ni obligatorio; debe ser notificado y aplicado correctamente por el arrendador.
Esto significa que no todos los inquilinos verán reflejado el ajuste en enero, sino únicamente aquellos cuyos contratos completen el año en ese mes. Tampoco es una obligación automática ni un porcentaje fijo que deba aplicarse en todos los casos, pero sí es considerado el límite que no se puede sobrepasar.
Le podrían subir más de $100 mil en el arriendo si pagaba $2 millones en 2025
Con el IPC de 5,1% ya definido, arrendatarios que pagaban $2.000.000 en 2025, ahora podrían cobrarles más de $100.000 con el aumento de este indicador. Para hacer el cálculo, debe multiplicar el valor actual del arriendo por el porcentaje de inflación. Si el arrendamiento era de $2.000.000, el aumento máximo sería:
- $2.000.000 × 5,1 % = $102.000
- El nuevo canon mensual no podrá superar los $2.102.000
Si el arrendamiento era de $1.000.000, el incremento máximo permitido es:
- $1.000.000 × 5,1% = 51.000
- El nuevo canon sería $1.051.000
Para un canon de $1.800.000 , el incremento correspondiente es:
- $1.800.000 × 5,1% = 91.800
- El nuevo valor del arriendo será $1.891.800
Estos valores representan los topes máximos legales que podrían cobrarse en 2026 a un arrendatario, siempre que se cumplan las condiciones exigidas por la ley. El arrendador puede aplicar un aumento menor o no realizar ningún ajuste.
¿Desde cuándo se puede aplicar el aumento?
Uno de los errores más frecuentes es creer que el arriendo sube automáticamente en enero. Para que el incremento sea válido, deben cumplirse varias condiciones:
- Debe haber pasado un año desde la firma del contrato o desde el último ajuste.
- El arrendador debe notificar el aumento en los términos establecidos en el contrato.
- El nuevo valor solo puede cobrarse a partir del momento en que se cumpla ese año, no antes.
Esto implica que no todos los inquilinos verán reflejado el aumento en enero de 2026. Solo aquellos cuyo contrato complete un año en ese mes, o cuya fecha de ajuste coincida con ese periodo, estarán sujetos al nuevo valor. Si el contrato se firmó, por ejemplo, en junio, el incremento solo podría aplicarse a partir de junio de 2026.
¿Por qué el IPC influye en los arriendos?
El IPC es el principal indicador para medir la inflación en Colombia. A través del seguimiento de una canasta que agrupa cientos de bienes y servicios representativos del consumo de los hogares, el DANE establece cuánto varían, en promedio, los precios en el país.
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Dentro de esa canasta se encuentra el rubro de alojamiento y servicios públicos, que incluye los arriendos. Por esta razón, la inflación anual se utiliza como referencia técnica para actualizar los cánones, con el objetivo de que los contratos mantengan una relación con el comportamiento general del costo de vida.
¿Qué pasa si le suben más del 5,1 %?
Si un arrendador intenta aplicar un incremento superior al IPC o hacerlo sin cumplir el requisito del año, ese aumento no tiene validez legal. En estos casos, el arrendatario puede seguir pagando el valor anterior y dejar constancia, por escrito, de que el cobro no se ajusta a la Ley 820 de 2003.
La recomendación es conservar el contrato, los comprobantes de pago y cualquier comunicación relacionada con el ajuste. Estos documentos son fundamentales en caso de una reclamación o de un conflicto posterior.
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Cuando el desacuerdo persiste, existen instancias a las que se puede acudir, como las casas de justicia, consultorios jurídicos o, en escenarios más complejos, la vía judicial, para que se revise la legalidad del incremento.
VALENTINA GÓMEZ GÓMEZ
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