Dian modificó fechas para reportar información exógena 2024: ¿afecta la declaración de renta?
La medida cobija a grandes contribuyentes y personas naturales y jurídicas que tenían vencimientos entre el 12 de mayo y el 13 de junio de 2025. Consulte aquí el nuevo calendario.
La medida de la Dian contempla un nuevo calendario para grandes contribuyentes -
Colprensa/ Getty Images
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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian)anunció una modificación temporal en los plazos para la presentación de la información exógena correspondiente al año gravable 2024. Esta decisión es tomada por la entidad tras una contingencia técnica que afectó la operación de sus plataformas digitales, impidiendo el acceso a servicios clave para el cumplimiento de obligaciones tributarias.
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La medida contempla un nuevo calendario para grandes contribuyentes cuyos NIT terminan en 9 y 0, quienes inicialmente debían presentar la información los días 12 y 13 de mayo. Ahora, contarán con plazo hasta el 28 de mayo de 2025 para cumplir con el requerimiento. De igual forma, las personas naturales y jurídicas que tenían vencimientos programados entre el 14 de mayo y el 13 de junio también tendrán nuevas fechas para reportar, organizadas según los dos últimos dígitos de su NIT.
Nuevo cronograma de la Dian por fallas en su plataforma
El nuevo cronograma propuesto por la Dian se ajustó debido a una contingencia técnica certificada que afectó la disponibilidad de sus servicios digitales. Esta falla impidió que muchos contribuyentes pudieran acceder a la plataforma para cumplir con la entrega de la información exógena correspondiente al año gravable 2024, cuyo plazo vencía entre el 12 de mayo y el 13 de junio de 2025.
La Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología de la Dian reportó oficialmente la interrupción a través del Comunicado No. 047 del 13 de mayo de 2025, donde detalló los inconvenientes técnicos que impactaron la presentación de declaraciones, trámites aduaneros y el envío de reportes tributarios. Ante esta situación, y con el objetivo de garantizar el cumplimiento voluntario de la obligación, la entidad decidió reprogramar las fechas de entrega, permitiendo a los afectados ponerse al día sin sanciones.
Así opera el nuevo calendario de la Dian para personas jurídicas y naturales
La Dian aclaró por medio del comunicado que esta modificación no altera el calendario tributario en general, sino que se trata de una medida específica dirigida a los contribuyentes impactados por la contingencia técnica.
Últimos dígitos del NIT
Nueva fecha límite
01 a 10
28 de mayo
11 a 20
3 de junio
21 a 30
4 de junio
31 a 40
5 de junio
41 a 50
6 de junio
51 a 60
9 de junio
61 a 70
10 de junio
71 a 80
11 de junio
81 a 90
12 de junio
91 a 00
13 de junio
¿Quiénes deben declarar renta en mayo de 2025?
Las primeras en hacerlo serán las personas jurídicas, es decir, las empresas registradas legalmente. Este grupo debe presentar su declaración entre el 12 y el 23 de mayo, dependiendo del último dígito de su número de identificación Tributaria (NIT). Además, estas entidades deberán realizar un segundo pago en julio, entre los días 9 y 22, correspondiente al saldo restante del impuesto.
Documentos que deben preparar las personas jurídicas
Las empresas obligadas a declarar renta deben recopilar varios documentos que respalden su información financiera. Estos son los principales:
Conciliación Fiscal (formato 2516, versión 8): Este documento solo es obligatorio si la empresa tuvo ingresos brutos iguales o superiores a 45.000 UVT ($2.117.925.000). Allí se comparan las cifras contables con las fiscales. Este debe presentarse a través de los servicios informáticos de la Dian.
Extractos bancarios y de tarjetas de crédito: Se deben presentar los extractos con corte al 31 de diciembre de 2024. Estos documentos permiten verificar los movimientos financieros realizados durante el año.
Información sobre préstamos vigentes: Las empresas deben incluir todos los detalles relacionados con préstamos activos, como montos, tasas de interés, plazos y las entidades que otorgaron los créditos.
Documentos que respalden la propiedad de bienes inmuebles: Se incluyen escrituras, certificados de tradición y libertad, así como avalúos actualizados.
Resumen de ingresos y egresos: Se deben tener los registros contables que soporten todas las transacciones económicas de la empresa durante el año.
Declaraciones de renta de años anteriores: La Dian utiliza esta información para validar la consistencia entre las declaraciones de diferentes años.
Documentación adicional según el tipo de negocio: Dependiendo de la actividad económica de la empresa, pueden requerirse licencias, registros o certificaciones específicas, especialmente en sectores como la salud, educación o construcción.
Tenga en cuenta quiénes serán los afectados. -
Foto: Pexels y archivo
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Fechas clave para personas naturales
Las fechas están organizadas según los dos últimos dígitos del NIT de cada contribuyente. Este es el calendario completo: