La Corte Constitucional avaló la mayor parte de la reforma pensional impulsada por el expresidente Gustavo Petro (2022-2026), una decisión que da vía libre a los principales cambios del sistema de jubilación, aunque devolvió nueve puntos del proyecto y pidió crear uno nuevo a la Cámara de Representantes para que sean corregidos por problemas en el trámite legislativo. La decisión fue adoptada por siete votos contra uno y pone fin a más de dos años de incertidumbre sobre el futuro de la Ley 2381 de 2024, que fue sancionada por Petro, pero cuya entrada en vigor quedó suspendida en 2025, después de que el alto tribual detectara vicios en su aprobación en la Cámara.
"Se ha aprobado la mayor parte de la nueva ley de reforma pensional. De las tres reformas fundamentales de mi gobierno: laboral, pensional y de salud solo queda la de salud. Un nuevo triunfo del gobierno del cambio y del pueblo trabajador", escribió el exmandatario en X.
Por su parte, Andrés Velasco, presidente de Asofondos, recalcó que “la Corte Constitucional divide el estudio de los artículos que están exequibles, recordemos que tiene más de 90 artículos, y otros que deben volver al Congreso de la República para ser subsanados”. Agregó que los 30 días hábiles que tiene la Cámara para corregir los puntos de la reforma “serán fundamentales para completar el análisis en el Congreso de la República y la aprobación del sistema pensional que los colombianos tendremos a partir del 1 de abril” de 2027.
Entretanto, el presidente de la Cámara, Nicolás Barguil, aseguró en sus redes que “adelantaremos el trámite de subsanación ordenado. Garantizaremos un debate democrático y transparente, con rigor institucional y absoluto respeto por la Constitución”.
¿Qué quedó aprobado de la reforma pensional?
La reforma establece un sistema de cuatro pilares: uno solidario, dirigido a adultos mayores en situación de pobreza; uno semicontributivo, para quienes cotizaron pero no alcanzaron las semanas necesarias para pensionarse; otro contributivo, que concentra la mayor parte de los aportes, y uno de ahorro individual, que mantiene la participación de los fondos privados.
Uno de los cambios centrales consiste en que los trabajadores deberán cotizar sus ingresos hasta un determinado umbral en el componente administrado por Colpensiones, el fondo estatal de pensiones, mientras que los recursos que superen ese límite podrán dirigirse al componente de ahorro individual administrado por los privados. La norma también mantiene las edades actuales de jubilación, que en Colombia son de 57 años para las mujeres y 62 para los hombres, y la cotización del 16 % del ingreso.
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Sin embargo, el aval de la Corte no significa que el nuevo sistema empiece a operar inmediatamente, porque la fecha de entrada en vigor prevista originalmente, el 1 de julio de 2025, ya pasó, por lo que el tribunal estableció que la reforma comenzará a regir el 1 de abril de 2027, mientras se completa el trámite de los apartes devueltos al Congreso. Además, el Gobierno deberá reglamentar la ley y Colpensiones, los fondos privados y las demás entidades tendrán que adaptar sus sistemas y procedimientos.
La decisión también deja pendientes los recursos de los afiliados que utilizaron la llamada "ventana de oportunidad" para trasladarse de régimen, ya que más de 27 billones de pesos (unos 8.440 millones de dólares) están relacionados con esos movimientos y su traslado hacia el fondo público permanece sujeto a procesos ante el Consejo de Estado.
Artículos devueltos, columna vertebral de la reforma pensional
Entre los puntos que deberá discutir la Cámara de Representantes están:
- Artículo 14, que establece las condiciones para la pensión por vejez de los trabajadores colombianos.
- Artículo 19, donde se habla de las inversiones que pueden hacer los fondos privados de pensiones con los ahorros de los afiliados.
- Artículo 36, que estableció beneficios en reducción de número de semanas cotizadas para mujeres que tienen hijos.
- Artículo 92, donde se establecen las condiciones del fondo de ahorro individual que manejará el Banco de la República.
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*CON INFORMACIÓN DE AGENCIA EFE