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Cabezote sección ECONOMÍA Noticias Caracol 2025 DK

Tras decisión sobre la reforma pensional, ¿qué pasará con quienes ya se cambiaron de régimen?

La Corte Constitucional devolvió la iniciativa, que entraba en vigor el primero de julio, a la Cámara Representantes. ¿Los trabajadores que hicieron la transición podrán seguir en el régimen que eligieron?

Tras decisión sobre la reforma pensional, ¿qué pasará con quienes cambiaron de régimen?
La Corte Constitucional determinó que se mantendrá una parte de la reforma pensional -
Colprensa

La Corte Constitucional ordenó devolver la reforma pensional a la Cámara Representantes al considerar que hay "vicios de procedimiento" por la falta de debate, razón por la que no entrará en vigencia a partir del primero de julio de 2025, como se había estipulado.

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El alto tribunal dio un plazo de 30 días para que vuelva a ser discutido y su "trámite solo correrá cuando el Congreso de la República se encuentre en sesiones ordinarias, a menos que sea convocado para ello en sesiones extraordinarias". El Gobierno de Gustavo Petro adelantó que alista el decreto para el llamado a sesiones extras con el fin de que el debate se dé en este periodo legislativo.

Tras resolver el vicio de procedimiento, el presidente de la Cámara de Representantes deberá presentar un informe a la Corte Constitucional sobre el cumplimiento de lo ordenado para que esta "se pronuncie definitivamente sobre la constitucionalidad" de la reforma pensional.

¿Quiénes cambiaron de régimen se verán afectados por la decisión de la Corte?


En su decisión, el alto tribunal determinó que se mantendrá una parte de la norma, que permite el traslado de pensiones. Javier Almanza, catedrático de la Universidad del Rosario, precisó en Noticias Caracol que “están dejando en uso y de aplicación directa el artículo 76 de la misma reforma pensional, que en este caso sería la libertad de poder continuar con la doble asesoría o el retorno, teniendo claro el régimen de transición”.

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“Eso ya es un hecho jurídico, no se puede devolver la corte en ese derecho de las personas que ya hicieron ese proceso”, dijo por su parte Martha Alfonso, representante a la Cámara.

¿Quiénes pueden hacer traslados entre regímenes especiales?


El presidente de Asofondos, Andrés Velasco, explicó a este noticiero que “la reforma pensional da la posibilidad a las mujeres que hayan completado más de 750 semanas de cotización, o a los hombres que hayan completado más de 900 semanas de cotización, de acceder a un régimen de transición. En ese régimen de transición hay dos grupos, el que le faltan más de 10 años y ese grupo de personas simplemente debe continuar con las reglas del sistema pensional pasado. Antes de estar a 10 años de pensión deben hacer una doble asesoría y decidir si se quieren trasladar del régimen de ahorro individual a la prima media, que es de los fondos a Colpensiones, o de Colpensiones a los fondos, de acuerdo a lo que convenga”.

El otro grupo es el de “las personas que caben dentro de ese régimen de transición con las semanas que ya mencioné, pero que están a menos de 10 años de pensionarse. Para esas personas esa ventana de traslado se había cerrado porque habían superado ese umbral de menos de 10 años para pensionarse y la reforma abre de nuevo esa oportunidad de traslado; entonces lo que hay que hacer en ese caso es llamar a un fondo, pedir la doble asesoría gratuita, asesorarse, tomar una decisión de qué es lo que más conviene para cada uno de los casos y solicitar el traslado”, agregó.

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Ese artículo de la reforma pensional era el único que había cobrado vigencia y los cotizantes, desde agosto de 2024, tienen un plazo de dos años para asesorarse y decidir si les conviene o no cambiarse de régimen.

¿Cómo saber si es conveniente el traslado?


El presidente de Asofondos recordó que “hay que llamar al fondo en el que está, si está en los fondos privados llamar a los fondos privados y decirle ‘yo quiero empezar el proceso de doble asesoría’, si está en Colpensiones, pues llamar a Colpensiones y solicitar el proceso en Colpensiones”.

Según el funcionario, “hay cerca de 800.000 trabajadores que podrían trasladarse entre regímenes, que tienen la potencialidad porque están cumpliendo las condiciones de la transición y porque estarían a menos de 10 años de su edad pensional”.

POR SANDRA SORIANO SORIANO
PERIODISTA DIGITAL NOTICIAS CARACOL
smsorian@caracoltv.com.co