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El trágico caso de Valeria Afanador Cárdenas, la niña de 10 años hallada sin vida en Cajicá, Cundinamarca, ha tomado un nuevo rumbo judicial. La controversia, que inicialmente se centró en las presuntas omisiones del colegio, ahora apunta directamente a la Fiscalía General de la Nación. Los padres de Valeria han interpuesto una acción de tutela buscando proteger sus derechos fundamentales a la verdad y a la justicia, derechos que, según su defensa, han sido vulnerados por la renuencia del ente acusador a entregar el expediente completo y las pruebas clave del proceso.
Se debe recordar que Valeria Afanador desapareció el martes 12 de agosto de 2025, mientras se encontraba en las instalaciones del colegio Gimnasio Campestre Los Laureles, ubicado en Cajicá, Cundinamarca. La última vez que se le vio, durante el receso escolar, Valeria se dirigió sola a la zona deportiva tras recibir un balón del profesor de educación física, un docente que, junto con la directora de su curso, fue citado posteriormente a declarar por la Fiscalía.
Según los testimonios recopilados, la profesora afirmó que intentó que Valeria tomara el refrigerio, pero la menor se alejó, y la docente se ocupó de otros niños y no volvió a verla. La alarma se encendió cuando, pasado el descanso, alrededor de las 10 a. m., Valeria no apareció en clase. Los profesores comenzaron una búsqueda interna, comunicándose a través de un grupo de WhatsApp y solo a las 12:50 p.m. se realizó la llamada a los familiares y autoridades para avisar de la desaparición. Este retraso generó graves cuestionamientos, ya que, según un informe de la Defensoría del Pueblo, el colegio tardó cerca de tres horas en notificar a las autoridades, tiempo crucial en el que se habrían podido establecer controles en las entradas y salidas del municipio.
Los videos de seguridad, que fueron extraídos posteriormente para análisis, registraron a Valeria deambulando cerca de una cerca viva que rodea la institución, entrando y saliendo de los arbustos en repetidas ocasiones, en un recorrido que hizo hasta siete veces antes de desaparecer definitivamente. La búsqueda se extendió por 18 días, involucrando a familiares y organismos de emergencia. Finalmente, el 29 de agosto de 2025, su cuerpo fue hallado en el río Frío, aproximadamente a 300 metros del colegio, en una zona que ya había sido inspeccionada previamente. El informe forense de Medicina Legal determinó que Valeria murió por ahogamiento o sumersión en medio líquido, sin encontrarse signos de violencia física ni daños en su ropa. A pesar de esto, la familia ha rechazado consistentemente la hipótesis de que la niña haya salido sola de la institución educativa.
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El abogado de la familia, Julián Quintana, ha hecho hincapié en la solicitud de imputación tanto a la rectora como a otros profesores del colegio por las "profundas omisiones en este caso que derivaron en el homicidio de Valeria". Mientras tanto, el caso penal se ha movido: inicialmente se abrió una investigación por desaparición forzada (Fiscalía Primera Especializada Gaula Cundinamarca) y, tras el hallazgo, pasó a ser investigado por el delito de homicidio (Fiscalía 01 de Vida de Zipaquirá).
Este lunes 22 de septiembre de 2025, los padres de Valeria, Luisa Fernanda Cárdenas Contreras y Manuel Fabián Afanador Casas, por medio de su abogado, interpusieron una Acción de Tutela ante los Jueces de Tutela de Reparto en Bogotá. Esta acción legal busca el amparo del derecho fundamental de petición y de los derechos de las víctimas, con el objetivo de obligar a la Fiscalía General de la Nación a entregar la información del expediente que les ha sido negada.
Los accionantes argumentan que desde el 21 de agosto de 2025, presentaron una solicitud formal ante la Fiscalía, invocando el marco normativo de los derechos de las víctimas, para requerir la adopción de medidas urgentes y obtener acceso al expediente . Entre las peticiones elevadas por los padres de Valeria el 21 de agosto de 2025, y citadas textualmente en la tutela, se encuentran las siguientes solicitudes cruciales para acceder a la investigación:
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“Se me reconozca personería jurídica, así como a mi Abogada Suplente, Doctora Silvia Juliana Vargas Grandas para representar los intereses de las víctimas en el proceso identificado bajo radicado. Se expida a mi favor copia INTEGRA Y ESPEJO del expediente. Ello es, noticia criminal, órdenes a policía judicial, informes de campo, grabaciones, solicitudes de audiencias preliminares, demás elementos que lo compongan. (negrillas nuestras) Se nos notifique y cite a las audiencias preliminares a realizar por parte de la fiscalía general de la nación, así como a los demás actos investigativos donde nuestro apoyo pueda resultar importante. Se atienda la presente dentro del término legal establecido”.
Posteriormente, el 27 de agosto de 2025, los padres reiteraron y ampliaron sus solicitudes con el fin de fortalecer la recolección de pruebas desde su perspectiva como víctimas . Entre las peticiones adicionales se encontraban: acceder a copia forense de los registros de seguridad y circuito cerrado de televisión de las cámaras de seguridad del colegio y de una cámara en una dirección específica en Cajicá, del periodo comprendido entre el 07 al 13 de agosto de 2025. También se solicitó la recolección de dibujos hechos por los estudiantes, el peritaje forense de un dibujo realizado por Valeria, la recolección de sus elementos personales de su locker, e incluso sugerencias investigativas específicas sobre terceros, como incluir en la investigación al dueño de un cultivo de cilantro colindante con el colegio y al propietario de un vehículo de placas BCC-799 visto en la propiedad el día de la desaparición.
De acuerdo con el documento legal, conocido por Noticias Caracol, el término legal de 15 días hábiles para dar una respuesta de fondo a la primera petición finalizó el 11 de septiembre de 2025. Sin embargo, la Fiscalía 01 de Vida de Zipaquirá solo emitió un pronunciamiento que, para los padres, fue "evasivo".
La respuesta de la Fiscalía a la solicitud de copia de los registros fílmicos fue: “Ahora bien, respecto a la solicitud de copia de los registros fílmicos recolectados, debo señalar que la Fiscalía General de la Nación, ha obtenido múltiples registros de videos, sin embargo, los mismos se encuentran en proceso de extracción forense y a la espera de la legalización en su totalidad por parte de las Fiscalías especializadas, donde se aperturó el delito de desaparición. Una vez se culmine esta actividad investigativa, se conexarán las investigaciones y dicho caudal probatorio, hará parte de la presente indagación”. La tutela argumenta que esta comunicación es insuficiente y que la ausencia de una respuesta completa y oportuna vulneró el derecho fundamental de petición de los padres de Valeria. Además, se denuncia que la Fiscalía ha negado el acceso a los elementos materiales probatorios, impidiendo a las víctimas "conocer el expediente, ni de manera íntegra, ni siquiera de manera parcial".
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La familia Afanador Cárdenas sostiene que esta negación configura una forma de revictimización, contraria a la Constitución, ya que les toca "padecer las consecuencias de la falta de coordinación interna del ente acusador" entre las distintas fiscalías que manejaron el caso (desaparición, secuestro y homicidio). Pese a que se han llevado a cabo mesas de trabajo con la Fiscalía, estas han servido como instancias de información parcial sin permitir el acceso al expediente para iniciar la investigación mediante peritos e investigadores privados contratados por la familia.
El fundamento legal de la tutela se basa en que las víctimas tienen un derecho "humano y legal" a conocer lo que realmente ocurrió, a que los responsables rindan cuentas, y a que se repare de manera integral el daño causado. La jurisprudencia colombiana, citada en la tutela, es enfática al respecto. La Corte Constitucional ha señalado que la participación de las víctimas es mayor en la etapa de indagación y de investigación, pues es en estos momentos donde se recaudan las pruebas. La Sentencia T-374 de 2020 establece categóricamente que a las víctimas se les debe reconocer la garantía de acceso a la información y la posibilidad de acceso al expediente o a las diligencias, incluso desde sus primeros desarrollos.
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En sus pretensiones finales ante el juez, los padres de Valeria solicitan que se ordene a la Fiscalía 01 Especializada del Gaula y a la Fiscalía 01 de la Unidad de Vida de Zipaquirá dar una respuesta íntegra y completa a cada una de las peticiones elevadas. Más crucialmente, piden que se ordene a la Fiscalía General de la Nación "permitir el acceso completo de las víctimas al expediente, así como a tomar copia del material fílmico y de triangulación de antenas".
LAURA NATHALIA QUINTERO.
NOTICIAS CARACOL DIGITAL.