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Durante su más reciente alocución, el presidente Gustavo Petro puso sobre la mesa un decreto para el incremento del salario mínimo de 2026 fundamentado en lo que denominó un "salario mínimo vital". Según el mandatario, esta medida se implementaría por primera vez en el país y consiste en un "nivel salarial necesario para proporcionar un nivel de vida digno a los trabajadores y sus familias", enfatizando que la remuneración debe ser entendida desde una perspectiva familiar y no individual.
Aunque no se ha anunciado oficialmente el porcentaje del ajuste, las declaraciones del jefe de Estado provocaron diversas reacciones, especialmente entre ciudadanos que desconocían el concepto. Para esclarecer el tema, Noticias Caracol consultó al viceministro del Trabajo, Iván Daniel Jaramillo, quien aportó detalles sobre el anuncio.
Según el funcionario, este concepto derivaría de lo consagrado el artículo 53 de la Constitución Política de Colombia, el cual estipula que la remuneración laboral debe ser "mínima, vital y móvil". Este es el criterio técnico en el que se apoya el Gobierno para determinar un monto que considere las necesidades reales de la población. Jaramillo explicó que la "vitalidad" no solo es un mandato constitucional, sino que deriva de los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la jurisprudencia de la Corte Constitucional. Al respecto, el viceministro señaló:
"Hay un compromiso gubernamental, que ya el señor presidente anunció, y es el carácter vital del salario. La Constitución, en el artículo 53, advierte que la remuneración de los trabajadores debe ser mínima, vital y móvil. (...) Este carácter de vitalidad, con base en convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la propia Constitución y jurisprudencia de la Corte Constitucional va a ser incluido en el cargo (o aumento del mínimo), pero es una decisión, como digo, en el ámbito del fuero presidencial".Finalmente, el viceministro recalcó que este modelo busca garantizar condiciones que permitan al trabajador y a su núcleo cercano desarrollar sus proyectos de vida de manera satisfactoria:
"El trabajador, en su proyecto de vida personal y familiar, tiene que tener las condiciones para desarrollarlo. Es justamente lo que indica el convenio 131 del articulo 53 de la Constitución y todo el desarrollo jurisprudencial de la Corte Constitucional. Es que hayan condiciones dignas para que el proyecto de vida personal y familiar del trabajador y los hogares puedan desarrollarse en el ámbito de una sociedad determinada como la colombiana".
Pese a que el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, y otros portavoces gubernamentales no han dado cifras aproximadas para 2026, actores clave en la mesa de concertación ya han fijado posturas. Fabio Arias, presidente de la CUT, señaló que, bajo los parámetros de la OIT, el salario en Colombia debió acercarse a los dos millones de pesos desde 2025.
En una columna de opinión publicada en el portal Las2orillas, Arias expuso:
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"En la puja por el incremento del salario mínimo para el año 2026, las centrales obreras propusieron un incremento del 16 %, tanto, para el salario mínimo como para el auxilio de transporte. Esta propuesta está determinada por varios criterios. El primero tiene que ver con que el estudio de la OIT sobre el valor de la canasta básica de familiar en Colombia para una familia de cuatro personas, determinó que el salario mínimo vital debería ser $2,104,000 para el 2025, lo que representa prácticamente un 50% de desfase con el valor actual del salario mínimo en Colombia que es de $1,423,500".
El ministro del Trabajo ha dejado claro que, acorde con la normativa nacional, se espera que a más tardar el próximo martes 30 de diciembre se conozca, de manera oficial, la cifra oficial de aumento que tendrá el salario mínimo en Colombia para 2026 bajo este abordaje del "salario mínimo vital" expuesto por el presidente.
Ante la preocupación por el impacto de un aumento elevado en las finanzas del país, el viceministro Jaramillo aseguró que se respetarán los indicadores técnicos:
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"Nosotros estamos respetando las variables macroeconómicas que trae la ley, esto es: la inflación causal, la inflación proyectada, el producto interno bruto, la contribución de los salarios al ingreso nacional, la productividad y el caracter mínimo vital y móvil que ordena la Constitución y la Organización Internacional del Trabajo (OIT), de la que Colombia hace parte, y a la que nos hemos comprometido en el cumplmiento de los estándares internacionales de trabajo". Por su parte, el ministro Sanguino concluyó que la fijación del monto final requerirá "examinar el comportamiento de la inflación" y realizar las "justificaciones técnicas e incorporando todas las variables que deben tenerse en cuenta para incorporar todas las precisiones y esa información técnica al concepto de salario mínimo vital y móvil establecido en el artículo 53 de la Constitución Política de Colombia".
JULIÁN CAMILO SANDOVAL
NOTICIAS CARACOL DIGITAL
JSANDOVAL@CARACOLTV.COM.CO