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Bogotá mantiene la medida de pico y placa para vehículos particulares durante la semana del 20 al 24 de octubre de 2025. Esta regulación, definida por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM), opera de manera consecutiva de lunes a viernes, en un horario extendido que inicia a las 6:00 de la mañana y concluye a las 9:00 de la noche.
El objetivo central de la SDM al establecer este calendario es garantizar la gestión eficiente de la movilidad urbana en la capital. El mecanismo se basa en alternar la circulación de vehículos según el último dígito de su placa y si la fecha es par o impar.
La planificación para los ciudadanos es esencial, pues el esquema retoma su dinámica habitual después de periodos festivos. Para la semana en cuestión, el calendario definido es el siguiente:
Es importante notar que, siguiendo la normativa vigente, la restricción del pico y placa para vehículos particulares no aplica durante el sábado 25 ni el domingo 26 de octubre.
La normativa de pico y placa representa una de las herramientas fundamentales para el control del flujo vehicular en Bogotá. Las autoridades recomiendan que los conductores organicen sus recorridos diarios conforme a la rotación vigente para evitar inconvenientes y sanciones.
El incumplimiento de esta medida se tipifica como una infracción de tránsito. La violación de la regulación conlleva una sanción económica considerable. Para el año 2025, la multa establecida asciende a $711.750.
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Además de la sanción monetaria, las autoridades tienen la instrucción de inmovilizar su vehículo. Esta acción genera costos adicionales y significativos para el propietario, que debe asumir el servicio de grúa y los gastos asociados a la permanencia del carro en los patios. La vigilancia y detección de infractores se lleva mediante operativos presenciales realizados por agentes de tránsito, como a través del uso de cámaras de control electrónico.
La Secretaría de Movilidad contempla ciertas categorías de vehículos que pueden solicitar permisos especiales para quedar exentos de la restricción. Sin embargo, los propietarios deben completar un registro y obtener la debida autorización previa.
Entre las principales exenciones se encuentran los vehículos eléctricos o híbridos, aquellos destinados al transporte escolar con matrícula aprobada, los utilizados para el transporte de personas con discapacidad, los vehículos de emergencia u oficiales, y aquellos dedicados al transporte de medicamentos o insumos médicos.
La planificación de los desplazamientos, basada en la rotación de placas divulgada, no solo se alinea con la gestión de movilidad de la ciudad, sino que es el método más eficaz para que los conductores eviten las graves consecuencias económicas impuestas por las autoridades ante el incumplimiento. Se recomienda a los ciudadanos consultar con anticipación el calendario completo de octubre de 2025 para vehículos particulares, el cual está disponible a través de los canales de información oficial del Distrito.
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ANDRÉS FELIPE ADAMES RESTREPO
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