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Exgobernador del Putumayo, condenado a 9 años de cárcel por delitos contra el medio ambiente

Jimmy Harold Díaz, entre otras, se alió con una organización criminal dedicada a la minería ilegal de oro y les brindó protección y patrocinio, dice la sentencia.

Exgobernador del Putumayo fue condenado a prisión por delitos contra el medio ambiente.

La Corte Suprema de Justicia profirió una ejemplarizante condena contra el exgobernador del Putumayo Jimmy Harold Díaz por contaminación ambiental.

Fue sentenciado a prisión por su complicidad en los daños ambientales a los ríos Putumayo y Caquetá y por vínculos con la minería ilegal de oro.

El Putumayo, uno de los departamentos más ricos en recursos naturales, pero a la vez de los más golpeados por la minería ilegal y otras prácticas que deterioran el medio ambiente , celebró hoy esta importante decisión de la justicia.

La justicia comprobó que el exgobernador del Putumayo y exrepresentante a la Cámara mantuvo una relación comercial y convino con esa organización ilegal dedicada a la explotación de yacimientos de oro en los ríos Caquetá y Putumayo, que afectó el medio ambiente y los recursos naturales.

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Una Sala Especial de la Corte Suprema, en fallo de primera instancia, califica esa práctica de suma gravedad por susimplicaciones medioambientales , por eso, lo condenó a 9 años y 11 meses de prisión, además, de inhabilitarlo de por vida para ocupar cargos públicos.

“Se alió con el jefe de una organización criminal dedicada a la minería ilegal de oro para brindarles protección, patrocinio, asegurar parte de sus réditos financieros, adquirir sus productos y lucrarse de su actividad ilegal”, dice un aparte de la sentencia.

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Esa práctica, a juicio de los ambientalistas, es bastante lesiva para los afluentes del departamento.

El exgobernador del Putumayo fue procesado y condenado por concierto para delinquir agravado, contrato sin cumplimiento de requisitos legales, peculado por apropiación a favor de terceros y receptación. También como cómplice de contaminación ambiental por explotación de yacimiento minero.

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