
La delegatura para la protección de datos personales de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) confirmó esta semana la sanción que le impuso en días pasados a la EPS Servicio Occidental de Salud S.A. (SOS EPS) por "vulnerar gravemente el régimen de protección de datos personales". En un comunicado, la SIC señala que "la decisión ratificó que SOS EPS incumplió los deberes establecidos en la Ley 1581 de 2012 al divulgar, sin justificación legal ni autorización previa e informada, la historia clínica completa de un paciente, incluyendo información altamente sensible como su diagnóstico positivo para el virus de inmunodeficiencia humana (VIH)".
El ente de control halló que la información personal del paciente "fue remitida por SOS EPS a cuatro directivos del empleador del paciente, en el marco de un trámite de calificación del origen profesional de una patología osteomuscular, en el que no existía necesidad ni relevancia alguna para compartir datos sobre su estado serológico".
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Para esa delegatura de la SIC, esta conducta constituyó una violación directa y grave a los derechos fundamentales a la intimidad, al habeas data y a la no discriminación, "al exponer al titular a situaciones de vulnerabilidad y afectaciones en su entorno laboral, como cambios de área no justificados y la necesidad de atención psicológica tras revelarse su diagnóstico".
En el comunicado también se explica que la SIC rechazó el argumento de la EPS según el cual no se evidenció un perjuicio concreto ni existía prueba del daño. Y, en ese sentido, "enfatizó que la garantía del derecho a la protección de datos personales no solo se activa frente a daños consumados, sino también frente al riesgo o peligro de afectación de los derechos e intereses tutelados por la ley".
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Cabe recordar que la historia clínica es un conjunto sistematizado de datos personales sensibles cuyo tratamiento está sometido a reglas estrictas de circulación restringida y de confidencialidad. La divulgación total o parcial de esa información, sin justificación legal o sin autorización de su titular, vulnera los derechos fundamentales de su titular y desconoce los principios de necesidad y finalidad, así como la regla general de acceso y circulación restringida de los datos sensibles.
Desde Profamilia recuerdan que quienes viven con VIH "tienen los mismos derechos que las demás personas". También que "no están obligadas a informar su situación en el trabajo, colegio, universidad o ningún grupo social. Tampoco se les puede exigir una prueba de VIH para acceder a dichos espacios ni se les puede expulsar de ellos por tener VIH".
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Desde Más Que Tres Letras, una organización que trabaja por los derechos de las personas que viven con VIH en Colombia, celebraron la acción de la SIC. "Gracias por recordarnos nuestros derechos y que vale la pena luchar por ellos", escribió en sus redes sociales Miguel Ángel López, vocero de esa organización.
WILLIAM MORENO HERNÁNDEZ
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