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Las claves del borrador de decreto del Mintransporte sobre patinetas y motos eléctricas

El Ministerio de Transporte presentó un borrador de resolución que busca reglamentar de manera integral el tránsito de patinetas, bicicletas y motocicletas eléctricas en todo el país. Esto dice.

¿Qué dice borrador de decreto del MinTransporte sobre uso de patinetas y motos eléctricas?

El panorama del transporte alternativo en Colombia se prepara para una transformación significativa. El Ministerio de Transporte ha presentado oficialmente un borrador de resolución que busca reglamentar de manera integral el tránsito de patinetas, bicicletas y motocicletas eléctricas en el territorio nacional. Este documento tiene como objetivo principal aterrizar las disposiciones de la Ley 2486 de 2025, estableciendo "reglas del juego claras" para un sector que hasta ahora operaba en una zona gris normativa.

¿Qué dice el borrador del decreto sobre nuevas reglas para patinetas y motos eléctricas?

Una de las prioridades del borrador es la seguridad vial de los usuarios. Según el documento, se establecerán obligaciones estrictas que incluyen el uso obligatorio del casco y la utilización de elementos reflectivos durante horarios determinados. Además, la norma no solo se enfoca en el comportamiento del conductor, sino también en el estado del vehículo, exigiendo una certificación de frenos para garantizar que estos dispositivos puedan transitar con seguridad por el espacio público.

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Quizás uno de los cambios más profundos es la exigencia de un registro en el RUNT (Registro Único Nacional de Tránsito). Esta medida busca la plena identificación de cada vehículo, permitiendo un control más riguroso por parte de las autoridades y facilitando la gestión de la movilidad eléctrica personal.

Velocidades controladas e infraestructura específica

El borrador define límites de velocidad diferenciados según el entorno. Para el tránsito en zonas urbanas y el uso de carriles exclusivos —como las ciclorrutas—, la velocidad máxima permitida será de 25 km/h. Sin embargo, para aquellos trayectos que se realicen fuera de la zona urbana, el límite se extenderá aproximadamente hasta los 40 km/h. Este ajuste busca equilibrar la agilidad de estos vehículos con la protección de los peatones y otros actores viales.

La ministra de Transporte ha subrayado que este es un "paso histórico" para regular la micromovilidad en el país. No obstante, el documento aún no es definitivo. La ciudadanía tiene plazo aproximadamente hasta el 25 de mayo para revisar el borrador y realizar aportes, comentarios u observaciones. Una vez finalizada esta fase de consulta y expedida la resolución, la responsabilidad recaerá en las administraciones locales de cada ciudad, las cuales deberán implementar las medidas necesarias para garantizar que estas nuevas obligaciones se cumplan rigurosamente en las calles.

Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos.

ÁNGELA URREA PARRA
NOTICIAS CARACOL

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