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Los detalles de condena a Álvaro Uribe Vélez por fraude procesal y soborno en actuación penal

La jueza Sandra Heredia eximió al expresidente del delito de soborno. Conozca las conclusiones del caso.

Álvaro Uribe Vélez.
Álvaro Uribe Vélez.
Colprensa

En un juicio histórico, que tuvo una lectura de fallo que se prolongó por cerca de 9 horas, la jueza Sandra Heredia encontró al expresidente Álvaro Uribe Vélez como responsable de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.

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Heredia señaló, respecto al soborno en actuación penal, que “la materialidad de la conducta punible ha quedado acreditado”. A esta conclusión llegó al evaluar los contactos del abogado Diego Cadena, que representó a Uribe, con el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, testigo clave en el caso y preso en una cárcel de Bogotá. De hecho, minuto antes, había avalado las interceptaciones al exmandatario y también las grabaciones que hizo Monsalve desde un reloj espía.

Más adelante, la jueza se refirió al fraude procesal, delito sobre el cual dijo “ha quedado suficientemente probado”. Y apuntó que “quedó demostrado más allá de duda razonable la materialidad de esta conducta en concurso homogéneo”.

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En cuanto al delito de soborno, que está relacionado con el caso de Hilda Niño Farfán, exfiscal de justicia y paz, a quien supuestamente Diego Cadena le habría ofrecido beneficios para que declarara en contra de Eduardo Montealegre y Jorge Perdomo, la jueza señaló que “este estrado puede optar por eximir del cargo al encausado”.

El momento del fallo

"Obliga a esta instancia a anunciar en contra del señor Álvaro Uribe Vélez un sentido del fallo de carácter condenatorio por las conductas punibles de soborno en actuación penal, en concurso homogéneo en tres oportunidades y en concurso heterogéneo en relación con el fraude procesal", dijo la jueza al leer el fallo.

La jueza Heredia, en las primeras horas del juicio, validó unas intercepciones al teléfono de Uribe y grabaciones hechas con un reloj espía por parte de Juan Guillermo Monsalve, testigo estrella del caso, pruebas que la defensa del exmandatario había solicitado excluir por considerarlas ilegales, pero que terminaron siendo definitivas.

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Sobre el delito de fraude procesal, Heredia concluyó que se configuró a partir de los documentos presentados por la defensa de Uribe ante la Corte Suprema. En especial, señaló uno firmado por el paramilitar Carlos Enrique Vélez, cuyo contenido es falso y fue entregado con el propósito de que se abriera una investigación y se condenara al senador de izquierdas Iván Cepeda.

La jueza avaló así la acusación y aludió específicamente a la página nueve del escrito fiscal, donde se mencionan los contactos de Cadena con presos de la cárcel de Cómbita, en el departamento de Boyacá, con el objetivo de que declararan a favor del expresidente.

En cuanto al soborno, la jueza absolvió a Uribe por duda probatoria, tras considerar que la Fiscalía no logró demostrar este cargo en esta etapa del juicio.

Ese delito estaba relacionado con el caso de la exfiscal de Justicia y Paz Hilda Niño Farfán, a quien supuestamente Cadena le habría ofrecido beneficios para que declarara contra el exfiscal general y hoy ministro de Justicia Eduardo Montealegre y contra el exvicefiscal general Jorge Perdomo, dos víctimas reconocidas en este proceso contra Uribe.

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Antes de pronunciarse sobre los delitos de fraude procesal y soborno, Heredia afirmó que se comprobó la comisión del delito de soborno en actuación penal, al evaluar los contactos del abogado Cadena con el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, preso en una cárcel de Bogotá, con el objetivo de que este no declarara sobre los supuestos vínculos del expresidente con grupos armados ilegales.

La jueza aseguró que es "ostensible que el acusado conocía del plan que se maquinaba: emboscar a Monsalve" al inducirlo a cambiar su testimonio ante la justicia.

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Con información de EFE

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