La medida de pico y placa en Cartagena de Indias, el corazón turístico de Colombia, pretende equilibrar el flujo de miles de visitantes con la movilidad cotidiana de sus habitantes. Para la segunda semana de marzo de 2026, el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT) mantiene firme el esquema de restricción vehicular.
Este plan se enfoca en descongestionar las vías arteriales y reducir los tiempos de desplazamiento en puntos críticos como la Transversal 54, la Avenida Pedro de Heredia y el sector de Bocagrande.
Pico y Placa en Cartagena para la segunda semana de marzo
Para los vehículos de uso particular, el pico y placa en Cartagena opera bajo un sistema de rotación por dígitos que se mantiene vigente durante todo el trimestre. El horario de restricción es segmentado, aplicando en las horas de mayor congestión: de 7:00 a. m. a 9:00 a. m., de 12:00 m. a 2:00 p. m. y de 6:00 p. m. a 8:00 p. m.
- Lunes 9 de marzo: 5 y 6
- Martes 10 de marzo: 7 y 8
- Miércoles 11 de marzo: 9 y 0
- Jueves 12 de marzo: 1 y 2
- Viernes 13 marzo: 3 y 4
La restricción aplica en toda la zona urbana de Cartagena, incluyendo las vías de acceso principal. No se confíe si se encuentra en zonas residenciales alejadas del centro, ya que los controles del DATT son itinerantes.
Pico y placa para motos en Cartagena
El tránsito de motocicletas en Cartagena tiene una regulación particular debido al alto volumen de estos vehículos. El pico y placa por dígitos coincide con los números de los particulares, pero el horario para motos es continuo, generalmente de 5:00 a. m. a 11:00 p. m.
- Lunes 9 de marzo: 5 y 6
- Martes 10 de marzo: 7 y 8
- Miércoles 11 de marzo: 9 y 0
- Jueves 12 de marzo: 1 y 2
- Viernes 13 marzo: 3 y 4
Por otro lado, para la segunda semana de marzo se mantienen las restricciones especiales en zonas como el Centro Histórico y la prohibición de parrillero hombre en ciertos sectores de la ciudad para mejorar los índices de seguridad.
Excepciones y sanciones por medida de pico y placa en Cartagena
Cartagena ofrece beneficios de circulación a los vehículos de "energía limpia". Están exentos de la medida:
- Vehículos eléctricos e híbridos: Registrados debidamente en el RUNT.
- Caravanas presidenciales y diplomáticas: Comunes en la ciudad debido a eventos internacionales.
- Transporte de alimentos y medicinas: Siempre que cuenten con la señalización y permisos de carga.
- Coches fúnebres: En cumplimiento de su labor.
Transitar en un día de restricción es una falta tipo C14. Esto implica una multa aproximada de 15 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV). Además del valor económico, el vehículo será trasladado a los patios, lo que implica un trámite administrativo tedioso y costos adicionales de custodia.
Últimas Noticias
Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos.