En el Congreso de la República
fue radicado el proyecto de ley que busca reglamentar y garantizar el derecho a la protesta social. Unos sectores aplauden la propuesta por las garantías que otorga a los manifestantes, mientras que otros consideran que resta posibilidades de acción a la fuerza pública.
Esta iniciativa de 44 artículos establece la obligatoriedad de protocolos y manuales de intervención en las protestas, participación de personal capacitado y equipado, la creación de un puesto de mando unificado y la conformación de la mesa nacional de garantías donde se realizará evaluación permanente de lo que ocurre en las movilizaciones.
“Nos gusta que se enfoque en la protección y las garantías al ejercicio del derecho sin desconocer que se pueden presentar escenarios de violencia a los que debe responder la fuerza pública”, recalcó sobre la iniciativa Daniela Rodríguez, abogada de la asociación Minga.
En cuanto al papel de la fuerza pública prohíbe la participación de Fuerzas Militares, no se podrá limitar ni restringir la protesta con ocasión de violencia esporádica, los bloqueos de vías y los cortes de ruta no podrán ser dispersados. Además, los funcionarios tendrán la obligación de asegurar rutas de movilidad alternas.
El proyecto obligaría a eliminar de la bases de datos de entidades públicas y privadas procesos penales o con sentencia absolutoria de personas que hayan sido investigadas con razón de manifestaciones. También, a que se entreguen listados con los nombres de comandantes y personal asignado a las manifestaciones.
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De otra parte, las autoridades deberían avisar a los manifestantes cuando se vaya a intervenir la protesta, si es necesario.
Opina Daniel Mejía, exsecretario de Seguridad de Bogotá, que esto “limita de manera excesiva y casi que se deja sin herramientas a la Policía Nacional para actuar en los casos en que la protesta social sea violenta y haya afectaciones a la seguridad ciudadana y a la seguridad pública”.
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Alirio Uribe, autor del proyecto, indica que esto “no deroga ni el código o las normas de Policía para tomar medidas cuando se presenten hechos de violencia o que afecten derechos de terceros”.
Sobre el uso de las armas se crearía un comité que se encargue de reglamentar y definir qué tipo de elementos están permitidos.
El proyecto de ley estatutaria establece que cualquier acto que vulnera la integridad de una persona no será calificado acto de servicio y en consecuencia no tendrá un tratamiento por la jurisdicción penal militar.
Para el caso de la prensa, prohíbe el uso de medidas represivas y otorga el derecho a réplica ante cualquier afirmación que haga un funcionario sobre una persona que participe en las protestas y que sea emitida en medios de comunicación.
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