El Ministerio de Minas y Energía de Colombia declaró un racionamiento programado de gas natural en todo el territorio nacional mediante la Resolución 40585. La decisión responde a un imprevisto técnico registrado en la infraestructura de regasificación de la terminal flotante SPEC LNG, ubicada en Cartagena. La falla se presentó en uno de los cuatro trenes que componen la unidad flotante de almacenamiento y regasificación (FSRU) de la planta.
Se trata de la segunda ocasión en el año en la que el país debe recurrir a esta medida preventiva por fallas técnicas en dicha terminal. Durante el evento previo, las gestiones entre el Gobierno y la industria permitieron ubicar el volumen de gas requerido sin afectar a los distintos agentes del mercado. Sin embargo, en esta oportunidad, la autoridad energética determinó la necesidad de aplicar el mecanismo legal de priorización para administrar el volumen disponible mientras se realizan las reparaciones.
Magnitud del impacto y reducción de capacidad en la planta
La falla técnica obliga a reducir de forma temporal la capacidad operativa de la terminal de Cartagena. Durante el periodo de intervención técnica, SPEC LNG
funcionará con una capacidad máxima de regasificación de 400 millones de pies cúbicos diarios (Mpcd).
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De acuerdo con las estimaciones oficiales, el déficit proyectado en el suministro alcanza los 133 millones de pies cúbicos diarios, cifra que equivale aproximadamente al 13 % del consumo diario de gas natural en el país. De ese total faltante, cerca de 30 millones de pies cúbicos diarios corresponden a la demanda esencial, integrada por los hogares colombianos y los pequeños comercios.
Quiénes tienen asegurado el suministro de gas
Para gestionar el volumen disponible y evitar desabastecimientos en sectores clave, la Resolución 40585 fijó un esquema estricto de prioridades. En el primer lugar de la fila de atención se ubica la demanda esencial, conformada por los hogares y el comercio menor.
Inmediatamente después de la demanda esencial, el esquema prioriza el suministro para los usuarios de gas natural vehicular (GNV). En la siguiente categoría de atención se encuentran las plantas de generación térmica de energía y las actividades industriales indispensables para el transporte de petróleo destinado al proceso de refinación. Finalmente, en el último turno de abastecimiento quedan asignadas las industrias no esenciales y los compromisos de exportación.
Duración de los trabajos y regulación de precios durante la emergencia
La empresa operadora Spec Lng informó de acuerdo a la información dada por el Ministerio de Minas y Energía que los trabajos correctivos en el tren afectado tomarán entre seis y ocho días. La medida de racionamiento programado se mantendrá vigente mientras persistan las condiciones técnicas que motivaron su adopción, y su levantamiento formal será anunciado por el Ministerio de Minas y Energía una vez concluidas las reparaciones.
El seguimiento diario de la contingencia se realiza de forma conjunta entre el Ministerio de Minas y Energía, el Consejo Nacional de Operación de Gas (CNO Gas) y los demás agentes del sector para monitorear el transporte y el suministro. Adicionalmente, el Gobierno estableció una restricción tarifaria durante la emergencia: el gas objeto de reasignación no podrá comercializarse a un precio superior al pactado originalmente entre el comprador inicial y el propietario del combustible.
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