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El Ministerio de Hacienda presentó un proyecto de decreto que propone aplicar una retención en la fuente del 1,5% a las transacciones realizadas a través de billeteras digitales como Nequi y Daviplata, Bre-B y otras plataformas de pago electrónico. Esta medida busca igualar el tratamiento tributario que ya se aplica a las compras realizadas con tarjetas débito y crédito, las cuales están sujetas a la misma retención.
La propuesta ha generado varias preguntas en Colombia, especialmente entre los usuarios frecuentes de estas plataformas, los pequeños comerciantes y los trabajadores independientes que utilizan estos medios como canales principales para recibir pagos por bienes o servicios. El punto central de la discusión gira en torno a cómo se aplicaría este impuesto, a quiénes afectaría y qué implicaciones tendría para la inclusión financiera y la digitalización de la economía.
Para entender el impacto de esta medida, es necesario analizar cómo funcionaría en la práctica. Si una persona realiza una transferencia de un millón de pesos a través de Nequi o Daviplata, y dicha operación constituye un ingreso tributario para quien la recibe —es decir, corresponde a una venta de un bien o la prestación de un servicio—, entonces se aplicaría una retención del 1,5% sobre el valor total de la transacción. En este caso, el monto retenido sería de 15.000 pesos, lo que significa que el receptor del dinero vería un abono neto de 985.000 pesos.
Este cálculo se realiza multiplicando el valor de la transacción por el porcentaje de la retención. En términos simples: $1.000.000 × 0,015 = $15.000
Este valor sería descontado automáticamente por la plataforma o el intermediario que procese el pago, y luego girado a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) como parte del sistema de retención en la fuente. La medida no implica un nuevo impuesto en sentido estricto, sino una extensión del mecanismo de retención que ya existe para otros medios de pago.
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Sin embargo, no todas las transferencias estarían sujetas a esta retención. El proyecto de decreto establece que la retención solo se aplicará cuando la operación constituya un ingreso gravable. Esto significa que si una persona transfiere dinero a un familiar, paga una deuda personal o realiza un giro sin contraprestación económica, la transacción no estaría sujeta a retención. Tampoco se aplicaría si el receptor es una persona natural no responsable del IVA, como ocurre con muchos trabajadores informales.
El Ministerio de Hacienda ha explicado que el objetivo de la medida es eliminar el tratamiento desigual entre los distintos instrumentos de pago. Actualmente, las compras realizadas con tarjetas de crédito o débito están sujetas a una retención del 1,5%, mientras que las transacciones digitales a través de billeteras como Nequi o Daviplata no lo están. Esta diferencia ha generado lo que el Gobierno considera una “asimetría fiscal”, que se busca corregir con el nuevo decreto.
Desde el punto de vista técnico, la retención en la fuente es un mecanismo mediante el cual se anticipa el pago del impuesto de renta. Es decir, el valor retenido se descuenta del impuesto que el contribuyente debe pagar al final del año. Si al hacer la declaración de renta se determina que el contribuyente pagó más de lo que debía, el Estado le devuelve el excedente. Sin embargo, este proceso puede tardar varios meses o incluso años, lo que representa un costo financiero para quienes dependen de ese flujo de caja.
Uno de los principales cuestionamientos a la medida proviene de los gremios del sector financiero y tecnológico. Hay quienes han advertido que esta retención podría desincentivar el uso de medios de pago digitales y favorecer el retorno al efectivo. Esto iría en contravía de los esfuerzos por promover la inclusión financiera y reducir la informalidad en el país. Según cifras del gremio, en 2023 se registraron más de 54 millones de usuarios únicos de billeteras digitales en Colombia, lo que demuestra la magnitud del impacto potencial de la medida.
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Para los pequeños comercios y profesionales independientes, la retención del 1,5% puede representar una reducción significativa en sus ingresos, especialmente si deben asumirla sin trasladarla al cliente. En muchos casos, estos actores no tienen la capacidad de acreditar su condición tributaria ante las plataformas, lo que los dejaría automáticamente sujetos a la retención, incluso si no están obligados a declarar IVA.
En términos normativos, la propuesta modifica varios artículos del Decreto 1625 de 2016, que regula el sistema de retención en la fuente en Colombia. La tarifa única del 1,5 % se aplicaría al momento del pago o del abono en cuenta, siempre que la operación constituya un ingreso gravable. Recuerde que las personas naturales no responsables del IVA estarían exentas, pero en la práctica muchos micronegocios no tienen los mecanismos para acreditar esa condición ante las plataformas.
El Ministerio de Hacienda ha insistido en que la medida no busca crear un nuevo impuesto, sino ajustar el marco normativo para garantizar un tratamiento equitativo entre los distintos medios de pago. No obstante, la propuesta ha generado preocupación entre los usuarios y expertos, quienes advierten que podría tener efectos adversos sobre la digitalización de la economía.
En el caso específico de una transferencia de un millón de pesos a través de Nequi o Daviplata, el impacto sería directo si la operación corresponde a una venta o prestación de servicios. El receptor vería un descuento automático de 15.000 pesos, lo que podría afectar su flujo de caja si realiza múltiples transacciones al día. Para un comerciante que recibe diez pagos diarios de un millón de pesos, la retención acumulada sería de 150.000 pesos diarios, lo que representa una carga importante.
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ÁNGELA URREA PARRA
NOTICIAS CARACOL