
En Colombia, las infracciones de tránsito son una preocupación constante para los conductores, no solo por las sanciones económicas que implican, sino también por las consecuencias legales y administrativas que pueden acarrear. El exceso de velocidad es una de las infracciones más frecuentes y peligrosas. Circular sin la licencia de conducción vigente es otra infracción común que puede acarrear multas costosas. El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) es indispensable. No tenerlo al día puede resultar en sanciones económicas y legales.
Hay otras razones comunes por las que han multado a varios conductores en Colombia. Por ejemplo, conducir sin la revisión técnico-mecánica, no usar el cinturón de seguridad, estacionar en sitios no permitidos, no usar casco o chaleco reflectivo (en el caso de motociclistas), transitar en contravía y pasarse un semáforo en rojo.
¿Lo pueden multar por incluir stickers a su carro o a su moto?
La colocación de stickers o calcomanías en vehículos es una práctica común entre los conductores colombianos, ya sea por motivos estéticos, publicitarios o personales. Sin embargo, es importante conocer las implicaciones legales de esta práctica para evitar sanciones.

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El Código Nacional de Tránsito de Colombia establece ciertas normas que deben cumplirse al realizar modificaciones en las características de un vehículo. Según el artículo 49 del Código, cualquier cambio en las características que identifiquen un vehículo automotor, incluyendo el color, debe ser autorizado previamente por la autoridad de tránsito competente y registrado en el Registro Nacional Automotor. Esto incluye modificaciones que puedan alterar la apariencia original del vehículo, como la colocación de stickers.
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Aunque la ley no menciona explícitamente los stickers, algunos agentes de tránsito pueden interpretar que la colocación de calcomanías constituye un cambio en las características del vehículo, especialmente si estos stickers son de gran tamaño o alteran significativamente el color original del vehículo. En estos casos, el conductor podría ser sancionado por no informar a las autoridades sobre el cambio de color, lo que puede resultar en una multa y la posible inmovilización del vehículo. La multa equivale a ocho salarios mínimos diarios vigentes, en 2025 equivale a $346.667.
Y es que se han reportado casos en los que conductores han sido multados por tener stickers en sus vehículos. Por ejemplo, en el año 2023 en Bogotá, una patrullera de la Policía de tránsito impuso comparendos a motociclistas por tener calcomanías en el tanque de sus motos, argumentando que esto constituía un cambio de color no registrado. Estos incidentes han generado controversia y debate sobre la interpretación de la ley, ya que el Código Nacional de Tránsito no especifica claramente si los stickers deben considerarse como un cambio de color.
¿Cuándo se puede hablar de cambio de colores en el vehículo?
El Ministerio de Transporte emitió en 2023 la circular 20234000000797, en la cual se precisan varios aspectos sobre el cambio de color y el uso de stickers o calcomanías en vehículos. La circular establece que las reglas sobre el color de los vehículos no son únicas y exclusivas, y que la aplicación de disposiciones sancionatorias debe limitarse a aquellos casos en que los colores registrados no puedan ser advertidos. Solo podrán constituir conducta susceptible de sanción por cambio de color circunstancias como las siguientes:
- Colores predominantes diferentes a los registrados en la licencia de tránsito: Se entenderán predominantes los colores no registrados si impiden observar los registrados, o si su área cubierta es superior a aquellos, pues solo en tal caso ameritan ser mencionados en la licencia de tránsito.
- Ausencia de alguno de los colores descritos en la licencia de tránsito o imposibilidad de apreciarlo: Frente a estas situaciones, procede la inmovilización. Sin embargo, si el ocultamiento del color descrito en la licencia de tránsito se ha producido con adhesivos que puedan ser retirados por el conductor in situ, bastará con la imposición de comparendo y no se inmovilizará el vehículo.

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Debe tomarse prueba gráfica por parte del agente de tránsito, que pueda orientar a la autoridad administrativa al final del proceso contravencional y al tiempo ser apreciada o debatida por el conductor, pues la controversia es precisamente de naturaleza gráfica.
Consejos para evitar multas de tránsito
Para evitar posibles sanciones, se recomienda a los conductores que deseen colocar stickers en sus vehículos que sigan estos consejos:
- Consultar con la autoridad de tránsito: Antes de colocar cualquier sticker, es aconsejable consultar con la autoridad de tránsito local para obtener una aclaración sobre las regulaciones específicas y, si es necesario, obtener la autorización correspondiente.
- Registrar los cambios: Si los stickers son de gran tamaño o alteran significativamente el color del vehículo, es recomendable registrar estos cambios en el Registro Nacional Automotor para evitar problemas legales.
- Evitar obstaculizar la visibilidad: Según el Código Nacional de Tránsito, está prohibido circular con propaganda, publicidad o adhesivos en los vidrios que obstaculicen la visibilidad. Asegúrese de que los stickers no interfieran con la visibilidad del conductor.
- Mantener la documentación en orden: Siempre es importante tener la documentación del vehículo en regla, incluyendo la tarjeta de propiedad, la licencia de conducción y el SOAT, para evitar complicaciones adicionales durante una inspección de tránsito.

ÁNGELA URREA PARRA
NOTICIAS CARACOL