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Nueva ley de tránsito en Colombia: multa de $700.000 por este descuido en inspecciones caninas

Esta norma modificó el Código Nacional de Tránsito para establecer una multa a conductores que incumplan ciertos procedimientos con los perros de vigilancia privada.

Nueva ley de tránsito en Colombia puede darle multa de $700 mil: que no lo tome por sorpresa
Esta norma introduce cambios en el uso de perros para vigilancia y determina nuevos protocolos para su cuidado y retiro de estas funciones. -
Getty Images

El Congreso de la República sancionó recientemente una nueva ley que busca modernizar el sector de vigilancia privada en Colombia y mejorar el bienestar de los perros que cumplen funciones en esta actividad. La norma, que también introduce cambios en el Código Nacional de Tránsito, es una nueva infracción para conductores. Se trata de la Ley 2454 de 2025, que busca "mejorar las condiciones y garantías de bienestar de los perros utilizados en estas actividades y reducir progresivamente su uso en especialidades no esenciales".

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Esta norma introduce cambios en el uso de perros para vigilancia y determina nuevos protocolos para su cuidado y retiro de estas funciones. También sanciona a conductores que mantengan su vehículo encendido durante las inspecciones caninas, medida que busca mayor seguridad en los procedimientos. La ley establece nuevos protocolos para la cría, entrenamiento, uso y retiro de los perros en este tipo de servicios, además de medidas de sanción en caso de incumplimientos.

"La utilización de perros en la Fuerza Pública, los cuerpos de bomberos, la Defensa Civil, la Cruz Roja y demás entidades, instituciones, cuerpos internacionales o personas jurídicas privadas que desarrollen funciones públicas de búsqueda y rescate y labores humanitarias, sociales, de protección ambiental y similares mediante el uso de perros, deberán garantizar las condiciones de bienestar animal y las competencias de verificación contenidas en la presente ley", se lee en el documento.

Nueva infracción de tránsito en Colombia

Entre las múltiples disposiciones establecidas en la ley para el uso y cuidado del medio canino, también incluye cambios en el Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002). El artículo 19 añade un nuevo artículo 85A que establece que las inspecciones caninas a vehículos solo se deben realizar cuando estos estén completamente apagados. Los guardas de seguridad tienen la obligación de solicitar al conductor que apague el motor antes de proceder a la inspección. Si el conductor se niega, el guarda debe abstenerse de hacer la revisión.

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La sanción que establece la ley es económica, ya que el artículo 20 incluye un nuevo literal en el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito para que quienes incumplan sean multados. Sin embargo, no se prevé la inmovilización del vehículo por esta infracción. La medida busca reforzar los protocolos de seguridad para los perros y el personal que participa en las revisiones, promoviendo que el procedimiento sea seguro para todos los involucrados.

"La inspección canina de cualquier vehículo debe hacerse solamente cuando este se encuentre apagado. El guarda de seguridad debe exigirle al conductor apagar el vehículo. Ante una negativa del conductor, el guarda debe abstenerse de hacer la inspección", indica la ley.

La multa por no apagar el vehículo en inspecciones caninas

En ese orden, el artículo 20 de la nueva ley agrega la infracción C.12A, que sanciona a los conductores que no apaguen el motor del vehículo cuando se realice una inspección canina. De acuerdo con lo establecido en la Ley 769 de 2002, las multas tipo C equivalen a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (smldv) que en 2025 es de aproximadamente $711.750. Esta medida busca evitar riesgos para los perros y el personal que realiza las inspecciones, reforzando la seguridad y los protocolos preventivos en el trabajo con los caninos.

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Entre los puntos destacados de esta nueva ley, se establece que las empresas de vigilancia privada se tienen que acoger a diferentes procesos tecnológicos que permitan sustituir paulatinamente el uso del medio canino por herramientas modernas. Para ello, el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada tienen la tarea de promover programas de investigación y desarrollo que ofrezcan soluciones efectivas para reemplazar a los perros en ciertas especialidades, sin que esto afecte la seguridad de las empresas ni las condiciones laborales del personal que trabaja como guía canino.

La ley busca regular el uso de perros de vigilancia


La ley también incluye disposiciones específicas para el cuidado y bienestar de los perros que siguen en servicio. Por ejemplo, establece que solo pueden utilizarse perros entre los 12 meses y los seis años, que deben ser esterilizados según su tamaño entre los 7 y los 12 meses, y que deben recibir una alimentación de calidad basada en un plan nutricional aprobado por la Superintendencia.

Además, en su tiempo de trabajo deben contar con espacios de descanso limpios, higiénicos, que sean adecuados para su comodidad y que cumplan con requerimientos mínimos como iluminación controlada, pisos lisos e impermeables, calefacción y ventilación. La ley determina que los perros sean evaluados regularmente por veterinarios con matrícula profesional vigente, quienes supervisan su salud y condición comportamental antes y después de su participación en las actividades. Asimismo, las empresas deben garantizar su recuperación tras la esterilización antes de reintegrarlos al servicio.

La ley incluye un período transitorio de un año para que el personal de las empresas que apoya labores con perros de vigilancia privada se capacite como técnicos o auxiliares veterinarios, cubriendo los costos las empresas con apoyo de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Además, en coordinación con el Ministerio de Defensa, se emitirán lineamientos para el entrenamiento positivo en todas las especialidades caninas, priorizando el bienestar del perro en todo momento y asegurando que la seguridad siga siendo una prioridad nacional.

VALENTINA GÓMEZ GÓMEZ
NOTICIAS CARACOL
vgomezgo@caracoltv.com.co

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