Con el aumento del salario mínimo decretado por el Gobierno de Gustavo Petro, fijado en 23% dejando el ingreso mensual en 2.000.000 de pesos, también empiezan a incrementarse los precios de bienes y servicios para los colombianos, como los arriendos, los servicios públicos, la salud, la vivienda y la educación, entre otros rubros. La SIC (Superintendencia de Industria y Comercio) anunció que estará vigilante en caso de que los incrementos sean abusivos y afecten el bolsillo de los ciudadanos. (Lea también: ¿Cuánto le pueden subir de cuota de administración en este 2026?)
Camilo Herrera, fundador de la firma Raddar, explicó en Noticias Caracol que “el decreto de emergencia económica del Gobierno nacional permitió sacar unos decretos especiales de impuestos. Van a subir los impuestos a los licores, van a subir impuestos y precios de combustibles, van a subir otros impuestos que pegan directamente a la canasta de los hogares. Esto hace que llegue a un impacto dentro de esa canasta o ese precio de la canasta de los hogares cercano al 2% o 4% en algunos de los ítems, afectando en el valor general”.
¿Qué bienes no pueden subir de precio excesivamente?
El experto recalca que “los arriendos están regulados con la inflación del año anterior y casi todos los contratos de arriendo en Colombia están en función de esa inflación uno o dos puntos adicionales. La salud la regula el Ministerio de Salud y es el aumento del UPC que ustedes sistemáticamente escuchan en los medios de comunicación. Y el tema de educación, sobre todo en matrículas y pensiones, lo regula el Ministerio de Educación. Tanto salud como educación podrían tener aumentos hasta del 9,1%. Entonces uno habla de un aumento del salario mínimo del 23,7%, pero de arriendo solo del 5,1%, de educación del 9%, de salud del 9%”. (Lea también: ¿Está en la lista? Estas son las personas a quienes les sube el arriendo en enero de 2026)
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En cuanto a alimentos “hay diferentes regulaciones. Por ejemplo, la leche tiene precios máximos y tiene precios mínimos. Esto se hace para que el mercado pueda equilibrar entre la oferta y la demanda”.
Sobre el sector de transporte, Herrera señala que aún falta a nivel del ministerio “que se regulen las tarifas de aumento en diferentes esquemas de transporte como son los taxis en las ciudades. Detrás de esto está, obviamente la mano de obra donde el salario mínimo impacta muy fuerte, pero también el aumento del precio del combustible, corriente y el diésel, que está retirando los subsidios que tiene en este momento”.
Por otro lado, indicó que “uno de los precios que más va a aumentar en la canasta va a ser el de restaurantes, porque está vinculado a arriendos, a servicios públicos, particularmente energía y gas, y obviamente a salario mínimo”.
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“Seguramente viene un freno en la industria de moda y posiblemente un aumento o continúa el aumento del gasto de los hogares en la canasta de salud, ya que no pueden acceder a bienes y servicios de salud por parte del Estado”, añadió, recalcando que “no todas las personas se ven beneficiadas por el aumento del salario mínimo”.
¿Qué hará la SIC frente a aumentos excesivos?
La entidad aclaró que aunque “el modelo económico colombiano no solo reconoce la libre autonomía, la libre iniciativa privada, la responsabilidad social y empresarial”, este también “prohíbe la fijación de precios inequitativos (excesivos), el actuar coordinado de los agentes económicos y la influencia indebida que puedan ejercer las asociaciones o agremiaciones en la libre determinación de las condiciones de comercialización con las que cuentan los agentes económicos”.
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“En este sentido, la autoridad de competencia estará atenta a evaluar las distintas denuncias y quejas que puedan surgir en el marco de estas funciones”, indicó.
Frente a esto, señaló que, “en relación con las inquietudes que han surgido con el sector vivienda esta Superintendencia recuerda lo siguiente. Primero, mediante Circular No. 4 de 2024, que se encuentra vigente desde el mes de febrero de 2025, la SIC dio instrucciones al sector constructor, consistentes en que la publicidad y la fijación de los precios de los proyectos de vivienda debían hacerse en pesos colombianos, de conformidad a lo expuesto en el artículo 26 de la Ley 1480 de 2011”.
Por lo anterior, se elevaron “requerimientos de información a más de 20 constructoras con el fin de determinar las condiciones actuales de comercialización de los proyectos inmobiliarios, y verificar el cumplimiento de estas instrucciones”.
Adicional a esto, reforzará su vigilancia en “el régimen de precios de medicamentos y de dispositivos médicos, en el que la SIC vigila actualmente un total de 36 mil productos”.
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POR SANDRA SORIANO SORIANO
COORDINADORA DIGITAL NOTICIAS CARACOL
smsorian@caracoltv.com.co
*CON INFORMACIÓN DE NOTICIAS CARACOL