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La Secretaría General de la Comunidad Andina (SGCAN) publicó recientemente la resolución 2548, mediante la cual se prohíbe el uso de los ingredientes químicos Trimethylbenzoyl Diphenylphosphine Oxide (TPO) y N,N-dimetil-p-toluidina (DMPT) en productos cosméticos en los países miembros: Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, lo que afecta a una línea producida por Masglo. La decisión responde a revisiones toxicológicas realizadas por autoridades europeas, que evidenciaron riesgos para la salud humana asociados a estas sustancias, incluyendo efectos carcinogénicos, mutagénicos y toxicidad reproductiva, según informó recientemente el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima).
La medida establece un plazo de 60 días, a partir de la publicación de la resolución en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena, para que los productos que contengan estos componentes sean retirados del mercado. Una vez vencido este período, cualquier registro sanitario de productos con estas sustancias será automáticamente cancelado. La normativa busca garantizar que los productos cosméticos comercializados en la región cumplan con estándares de seguridad alineados con los criterios internacionales.
Al respecto, Masglo, que es una reconocida marca en el mercado colombiano de esmaltes y productos para el cuidado de uñas, comunicó a la opinión pública, distribuidores y autoridades que acoge de manera total la resolución de la CAN y que ha implementado medidas inmediatas para cumplir con la prohibición. De hecho, la compañía suspendió desde el 17 de diciembre la distribución de todos los esmaltes semipermanentes que contengan TPO y activó un plan de recolección para retirar estos productos del mercado, siguiendo procedimientos internos basados en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) cosmética.
Masglo emitió un mensaje, divulgado en varios medios, donde informa las medidas que adoptó tras las prohibiciones de la CAN. La empresa activó un plan de recolección para retirar del mercado los esmaltes semipermanentes que incluyen el ingrediente prohibido. Este proceso, explicó la compañía, se realiza conforme a sus procedimientos internos y bajo las normas de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) aplicables a la industria cosmética. Según explicó la empresa, estas acciones se realizan en coordinación con aliados comerciales y bajo lineamientos técnicos claros para garantizar que la ejecución sea "eficiente, segura y responsable".
Masglo también informó que, al momento del anuncio, el total de su producción local ya no utiliza TPO en la formulación de esmaltes semipermanentes. De acuerdo con la empresa, este ajuste se había iniciado en la transición hacia fórmulas sin este componente desde que la Unión Europea estableció su prohibición y actualmente todas las líneas de esmaltes semipermanentes, así como los productos tradicionales de la marca, se producen sin TPO. Esto incluye las líneas Masglo Tradicional, Masglo Gel Evolution y Masglo Clinical.
La compañía también indicó que mantendrá comunicación directa con distribuidores y aliados comerciales durante todo el proceso, con el fin de minimizar cualquier impacto sobre la disponibilidad de los productos y garantizar la continuidad en la oferta de esmaltes semipermanentes seguros para los consumidores, basándose en la normativa regional.
La decisión de la Comunidad Andina se fundamenta en estudios técnicos y evaluaciones toxicológicas realizadas a partir de antecedentes europeos, en los que estas sustancias fueron reclasificadas debido a los riesgos que representan para la salud humana. En particular, las autoridades sanitarias concluyeron que existe evidencia suficiente sobre el potencial carcinogénico, la toxicidad reproductiva y la capacidad de sensibilización cutánea asociadas a estos compuestos, los cuales son utilizados comúnmente en la elaboración de esmaltes semipermanentes de curado con lámpara ultravioleta.
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"Mediante el informe técnico del 5 de noviembre de 2025, elaborado por el Grupo de Expertos Gubernamentales para la Armonización de Legislaciones Sanitarias (Sanidad Humana), se evidencia el sustento técnico-científico que llevó la reclasificación de estas dos sustancias usadas como ingredientes cosméticos y coincide con la evidencia toxicológica que demuestra que, tanto el TPO como la DMPT presentan riesgos confirmados para la salud humana, principalmente por sus efectos tóxicos reproductivos y la sensibilización cutánea en el primer caso, como el potencial carcinogénico para el segundo", indicó el Invima en un comunicado.
La resolución de la CAN se apoya en un informe técnico elaborado por el Grupo de Expertos Gubernamentales para la Armonización de Legislaciones Sanitarias en el ámbito de la sanidad humana, presentado el 5 de noviembre de 2025. En dicho documento se recopila la evidencia científica evaluada por el Comité de Evaluación de Riesgos (RAC) de la Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA), la cual sirvió de base para la reclasificación de las sustancias TPO y DMPT dentro de la categoría de compuestos con riesgos confirmados para la salud.
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VALENTINA GÓMEZ GÓMEZ
NOTICIAS CARACOL
vgomezgo@caracoltv.com.co