La seccion quinta del Consejo de Estado declaró este jueves la nulidad de la elección de la superintendente de Industria y Comercio, Cielo Rusinque. El alto tribunal le habría dado la razón al demandante, quien señaló que la funcionaria no cuenta con la experiencia requerida para el cargo porque sus estudios son en derecho constitucional y ciencias políticas.
Según la demanda, en su hoja de vida se observa que no tiene experiencia en materia de competencia, protección al consumidor, protección de datos y propiedad industrial, asuntos propios de la superintendencia a su cargo. Cabe resaltar que, de acuerdo con el artículo 2.2.34.1.2 del Decreto 1083 de 2015, para ocupar los empleos de Superintendente de Industria y Comercio, Superintendente Financiero y Superintendente de Sociedades, se deberán acreditar las siguientes calidades:
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- Título profesional y título de postgrado en la modalidad de maestría o doctorado en áreas afines a las funciones del empleo a desempeñar.
- Diez años de experiencia profesional relacionada con las funciones del cargo a desempeñar, adquirida en el sector público o privado, o experiencia docente en el ejercicio la cátedra universitaria en disciplinas relacionadas con las funciones del empleo.
Sin embargo, los demandantes afirmaron que Rusinque no acreditó las calidades para ocupar el cargo de superintendente de Industria y Comercio, pues no tiene posgrado en áreas afines con las funciones que debe desempeñar ni tampoco la experiencia relacionada. "La demandada es 'cercana' a su nominador, es decir, al actual Presidente de la República, en tanto, hizo parte de su campaña política de 2018 e incluso se desempeñó como asesora de relaciones externas y entre otros cargos del gobierno actual", afirma la demanda.
En ese sentido, indicaron que Rusinque cuenta con títulos de posgrado en Derecho Constitucional y en Estudios Políticos se relacionan que con la Constitución Política, el derecho penal y de ciudades y territorios, aspectos que "no son afines a las actividades del cargo referido". Además, carece de experiencia laboral relacionada de diez años o más, pues solo se ha desempeñado en el ámbito del derecho penal y constitucional y como "asesora de relaciones públicas".
Es importante recordar que Camila Zuluaga, en Código Caracol, anticipó la decisión del Consejo de Estado y habló de un decreto que emitió el Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre) el pasado 5 de marzo, en donde se modifican los requisitos para quienes ocupen los cargos de superintendente Financiero, de Sociedades y de Industria y Comercio. Esto luego de que en la sección quinta la ponencia del magistrado Pedro Pablo Vanegas sobre mantener el nombramiento de Cielo Rusinque fuera derrotada.
¿Qué respondió Cielo Rusinque a los demandantes?
Rusinque, en su respuesta a los demandantes, "recordó que el cargo de superintendente de Industria y Comercio se cataloga como de libre nombramiento y remoción, por lo que conlleva el ejercicio de la denominada potestad discrecional, en virtud de la cual el nominador puede designar y relevar del cargo al funcionario que lo ocupe, de manera potestativa, sin que se exija una motivación en particular".
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La funcionaria destacó que el Presidente de la República "expidió el nombramiento censurado, acudiendo a la lista de aspirantes que cumplían los requisitos legalmente previstos para el referido empleo, elaborada por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) entre los que se encontraba la demandada, quien, de acuerdo con dicha entidad, acreditó 13 años, 3 meses y 30 días de experiencia relacionada".
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LAURA VALENTINA MERCADO
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