Las recientes declaraciones del presidente Gustavo Petro y del presidente electo, Abelardo de la Espriella, sobre la posibilidad de realizar la posesión presidencial del próximo 7 de agosto en una guarnición militar, y no en el Capitolio Nacional, han abierto el debate sobre si esa decisión es posible desde el punto de vista constitucional.
Frente a ese escenario, Noticias Caracol habló con el expresidente de la Corte Suprema de Justicia, Jaime Arrubla, explicó cuál es el procedimiento previsto en la Constitución y quién tendría la facultad de definir un eventual cambio de sede.
El experto señaló que la Constitución establece de manera expresa el lugar donde debe desarrollarse la ceremonia de posesión del jefe de Estado.
"La Constitución es supremamente clara: el 7 de agosto se reúnen ambas cámaras para dar posesión al presidente de la República en la sede del Congreso". Sin embargo, el exmagistrado precisó que la norma también contempla la posibilidad de modificar el lugar donde se realiza la sesión solemne, siempre que exista una decisión del Congreso.
Al ser consultado sobre si la posesión puede cambiar de sede, respondió:
"Sí, por razones de orden público, el mismo Congreso, ambas cámaras pueden disponer que sea en otro lugar". De acuerdo con esa explicación, una eventual modificación del sitio donde se lleve a cabo la posesión presidencial no dependería únicamente del Gobierno entrante o el saliente, sino que requeriría una decisión del Congreso de la República.
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Arrubla añadió que el procedimiento también debe surtirse mediante una propuesta que sea analizada. "Deberá entonces someterse a decisión de ambas Cámaras la proposición que presenten o que pida el gobierno entrante".
Con base en esa interpretación, el siguiente paso podría darse una vez se instale el nuevo Congreso el próximo 20 de julio, fecha en la que senadores y representantes asumirán oficialmente sus funciones para el nuevo periodo legislativo.
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Hasta entonces, se mantiene la expectativa sobre una eventual proposición que permita modificar la sede de la sesión solemne del 7 de agosto. El movimiento político Salvación Nacional, al que pertenece el presidente electo Abelardo de la Espriella, podrá una vez se instale el nuevo Congreso, presentar las proposiciones necesarias tanto en el Senado como en la Cámara de Representantes para que la posesión presidencial se realice en un lugar distinto al Capitolio Nacional.
¿Qué dijo Gustavo Petro sobre la posesión?
El debate surgió luego de que De la Espriella manifestara su intencipon de hacer la posesión en una base militar. Lo que desencadenó la respuesta del presidente Gustavo Petro por medio de un mensaje en su cuenta de X en el que rechazó la posibilidad de utilizar instalaciones militares para la ceremonia de transmisión del mando presidencial.
"Ordeno que ningún establecimiento militar sirva para una posesión de un Presidente de la República de Colombia", escribió el mandatario.
Petro también explicó que, mientras permanezca en el cargo, las instalaciones militares continúan bajo su autoridad como comandante supremo de las Fuerzas Militares.
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"Los cuarteles militares y policiales están bajo mis órdenes hasta el momento que el nuevo presidente jure, y por tanto hasta ese momento soy el comandante supremo de las Fuerzas Militares, ningún oficial da el saludo militar a un civil sino cuando éste sea su comandante supremo".
En la misma publicación reiteró que la Constitución establece el procedimiento para la transmisión del mando. "La transmisión del mando al nuevo presidente es bajo las leyes de la República y la Constitución, y esas normas establecen que el presidente se posesiona ante el Congreso en sesión plena".
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HEIDY ALEJANDRA CARREÑO BELTRAN
NOTICIAS CARACOL
Hcarrenb@caracoltv.com.co