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Corte Constitucional fija reglas para que las EPS entreguen pañales, cremas o sillas de ruedas

Son muchos los colombianos que han recurrido a tutelas con tal de recibir estos elementos fundamentales en sus tratamientos.

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Treinta tutelas llegaron a la Corte Constitucional pidiendo una revisión para que las EPS reconocieran y autorizaran pañales, pañitos, cremas, sillas de ruedas o servicios de enfermería a los usuarios.

Si bien no están incluidos en el plan obligatorio, tampoco están excluidos.

“Todo servicio y tecnología que no esté expresamente excluido, se entiende incluido en el plan básico de salud”, falló el alto tribunal.

Por tanto, la Corte dice a los jueces que así estos elementos no sean reconocidos como una formula médica, si la situación es evidente, pueden acceder a ese reconocimiento.

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Eso sí, las personas deben acreditar que no pueden sufragar estos gastos y que ningún otro elemento les presta el mismo servicio.

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