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Tras despenalización del aborto, ¿qué hace falta para que EPS garanticen el procedimiento?

Cada médico puede decir sí o no al proceso por razones de conciencia, pero esa objeción no debe afectar a la mujer que decidió interrumpir su embarazo.

Tras despenalización del aborto, ¿qué hace falta para que las EPS garanticen el procedimiento?

Las EPS tienen ahora en sus manos el reto de brindar una ruta de atención oportuna a las mujeres que decidan interrumpir su embarazo. Pocas horas después de haberse conocido elhistórico fallo que despenaliza el aborto ya están atentas al siguiente paso.

Estaremos pendientes de conocer los lineamientos y recursos que se vayan a disponer por parte del Ministerio de Salud para este propósito, así como conocer la totalidad de la sentencia para poderla implementar efectivamente”, indicó Paula Acosta, presidenta ejecutiva de Acemi.

Un nuevo capítulo que, según la Asociación Colombiana de Salud Pública y la Federación Médica Colombiana, abre la puerta para brindar intervenciones seguras.

Es una muy buena noticia para la salud pública especialmente de nuestras mujeres vulnerables pobres, en contextos rurales de gran inequidad. Acceder a procedimientos legales científicos con las prácticas médicas de rigor es una gran noticia para todo el país”, manifestó Dionne Cruz, presidenta de la Asociación Colombiana de Salud Pública.

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“Nos permite inclusive implementar programas para prevenir el embarazo no deseado, pero además para responder frente a la libre decisión de las mujeres”, afirmó Carolina Corcho, vicepresidenta de la Federación Médica Colombiana.

Sobre la interrupción hasta la semana 24, esta es su opinión.

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“Muchas veces los embarazos no son detectados a tiempo, las barreras de acceso al sistema de salud, que la mujer tenga que dar muchas vueltas dentro del sistema y así pasan las semanas y por eso la restricción de las 12 semanas respecto a los tiempos y oportunidades eran demasiado limitados”, señaló Corcho.

El plan de acción deberá ser anunciado por el Ministerio de Salud.

“Más que reglamentar, es tener una política pública que tiene que ver con el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos, dotar a todas las instituciones de salud en todo el territorio de los elementos, de los equipos, de los dispositivos, de los medicamentos y sobre todo el acompañamiento en salud física y psicológica que requieren estas”, agregó Cruz.

Aún con la nueva decisión de la Corte Constitucional, cada médico puede decir sí o no al proceso, por razones de conciencia.

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“Nadie está obligado a actuar en contra de sus convicciones más profundas, de manera que existe la posibilidad de que los médicos que tengan firme y profunda convicción en contra del aborto ejerzan ese derecho”, señaló Juan Manuel Charry, abogado constitucionalista.

Pero esa objeción no debe afectar a la mujer que decidió abortar.

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“El médico puede decidir que no, pero esto no obsta a que se le niega el derecho y se debe remitir de inmediato y acompañar a la mujer para que sea atendida, por eso la reglamentación debe ser inmediata”, subrayó Corcho.

Por ahora, la cartera de Salud espera conocer todos los detalles de la sentencia para evaluar las medidas.

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