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Con la llegada del último mes del año, Bogotá, conocida por su compleja congestión vehicular, continúa aplicando la medida de pico y placa para vehículos particulares, una estrategia fundamental implementada por la Administración Distrital. La restricción se aplica de manera ininterrumpida a lo largo de todos los días hábiles. Los conductores deben prestar especial atención al calendario, pues el sistema opera alternando la movilidad según la terminación de la placa y la paridad de la fecha. Este esquema es crucial para regular el flujo automotor que satura las principales arterias de la capital.
El método de restricción definido por la SDM divide los vehículos en dos grupos principales que alternan la circulación diariamente. La regla general establece que, durante los días impares, la circulación está permitida para vehículos cuyas placas finalizan en 1, 2, 3, 4 y 5. Por otro lado, en los días pares, pueden circular libremente los automotores con matrículas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
Aplicando esta rotación estándar a la semana comprendida entre el lunes 1 y el viernes 5 de diciembre, el calendario de pico y placa es el siguiente:
El horario de aplicación se mantiene estricto y continuo, desde las 6:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche.
Dado que la semana del 1 al 5 de diciembre no contempla días festivos, la restricción vehicular opera únicamente bajo el esquema ordinario. Por lo tanto, no se activará la medida de pico y placa regional que suele aplicarse en los corredores de entrada y salida de la capital para gestionar el retorno de viajeros. El enfoque sigue siendo la mitigación de la congestión vehicular dentro de la malla vial urbana durante las horas de mayor demanda. La SDM reitera que, al igual que en periodos anteriores, los fines de semana (sábado y domingo) están exentos de la restricción, permitiendo la libre circulación de todos los vehículos particulares.
La Secretaría de Movilidad es clara respecto a las consecuencias de no acatar la normativa. El incumplimiento del pico y placa constituye una infracción de tránsito. La sanción monetaria por esta violación, fijada para el año 2025, asciende a $711.750. Es fundamental tener en cuenta que, además de la multa, la falta conlleva la inmovilización del vehículo. Esto implica costos adicionales para el conductor, cubriendo el servicio de grúa y los gastos asociados a la permanencia del automotor en los patios.
Por otra parte, la SDM contempla ciertas exenciones para categorías específicas de vehículos, las cuales requieren un registro formal y autorización previa. Este beneficio está diseñado principalmente para vehículos con tecnologías limpias, incluyendo los eléctricos o híbridos. Otras categorías que pueden solicitar exención son el transporte escolar, los vehículos que prestan servicio a personas con discapacidad, vehículos oficiales o de emergencia, y aquellos encargados del transporte de insumos médicos.
Ante el inicio de diciembre y la proximidad de las festividades, la SDM hace un llamado a la ciudadanía para que se mantenga informada y practique la planificación de sus desplazamientos. Consultar de manera proactiva el calendario de rotación de placas y los canales oficiales es indispensable para asegurar una circulación legal y contribuir a la gestión efectiva del tráfico en la ciudad.
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ANDRÉS FELIPE ADAMES RESTREPO
Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos. Cuenta con información y reportería propia de Noticias Caracol.