
Este martes, 11 de marzo de 2025, hay pico y placa en Bogotá para los vehículos particulares con número de placa terminada en los dígitos 6, 7, 8, 9 y 0. Recuerde que la medida está vigente desde las 6:00 a.m. hasta las 9:00 p.m., y su incumplimiento conlleva una multa económica, además, de la inmovilización del automóvil.
En cuanto al pico y placa en Bogotá para taxis, no pueden circular los vehículos amarillos cuyo número de placa termina en 9 y 0. El horario de esta regulación es de 5:30 de la mañana a 9:00 de la noche.
Así funciona el pico y placa en Bogotá
La Alcaldía de Bogotá explicó en qué consiste esta medida:
- Días impares pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en: 1, 2, 3, 4 y 5.
- Días pares pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en: 6, 7, 8, 9 y 0.

¿Qué es el pico y placa solidario?
El pico y placa solidario es un programa implementado en Bogotá que permite a los propietarios de vehículos particulares adquirir un permiso para circular sin la restricción del pico y placa. Este permiso puede ser diario, mensual o semestral, y se obtiene a través de un trámite virtual en la plataforma oficial de la Secretaría Distrital de Movilidad.
La Alcaldía de Bogotá le recordó a los conductores que "el único canal oficial para adquirir y pagar el pico y placa solidario es la plataforma de la entidad, a la que se accede exclusivamente a través del sitio web: www.movilidadbogota.gov.co. Igualmente, se aclara que la única forma de pago es mediante botón de PSE dentro de la página oficial".
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Desde el pasado primero de febrero, la Secretaría Distrital de Movilidad actualizó las tarifas del pico y placa solidario, que, según el Distrito, se han ajustado en un 5,2% de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor (IPC), y se ofrecen tres tipos de permisos según la duración requerida:
- Permiso diario: $66.883
- Permiso mensual: $534.546
- Permiso semestral: $2.672.989

¿Cuál es la multa por infringir el pico y placa en Bogotá?
No respetar la medida de pico y placa en Bogotá está clasificada como infracción C.14 en el Código Nacional de Tránsito. Esta se refiere a "transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente". La multa correspondiente para el año 2025 es de $711.750 y, además de la sanción económica, el vehículo puede ser inmovilizado.
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La inmovilización se realiza en patios autorizados, y el propietario debe cubrir los costos de grúa y parqueadero para recuperar su automóvil.

ÁNGELA URREA PARRA
NOTICIAS CARACOL
LUAPARRA@CARACOLTV.COM.CO