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La Corte Constitucional ordenó una audiencia pública para el 7 de octubre de 2024 para decidir si se debe cambiar la forma en la que se vende el aguardiente en Colombia.
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La orden fue dispuesta por el alto tribunal en medio del análisis de una demanda a la ley que faculta a los departamentos que ejerzan el monopolio por producción directa o por contrato de los licores.
La norma demandada determina la protección especial al aguardiente colombiano y, por lo tanto, los departamentos que ejerzan el monopolio de la producción directamente, o por contrato, quedan facultados para suspender la expedición de permisos para la introducción de este licor, nacional o extranjero, en sus respectivas jurisdicciones.
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Dicha suspensión no podrá ser superior a seis años y se otorgará exclusivamente por representar amenaza de daño.
El alto tribunal busca establecer cómo procede el monopolio rentístico y el recaudo en particular sobre el segmento del aguardiente.
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De ser eliminada la norma, no se podría restringir la introducción de otras marcas de aguardiente y abriría el mercado para comercializar esta bebida embriagante de distintos departamentos y hasta de otros países.
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