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La Corte Suprema de Justicia autorizó la extradición de Geovany Andrés Rojas, alias Araña, comandante del Comando de Frontera. Es requerido por la Corte Distrital para el Distrito Sur de California por los delitos de concierto para delinquir, narcoterrorismo y tráfico de drogas ilícitas
Su captura se produjo el 19 de febrero de 2025, durante una reunión de la mesa de conversaciones entre la Coordinadora Nacional Bolivariana y representantes del Gobierno nacional, en el ejercicio de sus funciones como integrante del equipo negociador de paz.
El concepto favorable del Alto Tribunal se basó en el cumplimiento de las exigencias constitucionales y legales.
Geovany Andrés Rojas, conocido como alias Araña, es un cabecilla criminal colombiano requerido por una corte de los Estados Unidos por cargos de tráfico de estupefacientes.
Su prontuario criminal se remonta al año 2008, cuando hizo parte de la banda Los Rastrojos. En 2010, fue capturado y condenado a 29 años de cárcel en Putumayo por delitos como concierto para delinquir, extorsión, homicidio y tráfico de drogas.
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La figura de Rojas ha estado marcada por su doble rol en la guerra y la paz. En agosto de 2017, el gobierno de Juan Manuel Santos le concedió libertad condicional por tres meses tras designarlo gestor de paz en medio de las negociaciones con las extintas FARC. No obstante, alias Araña traicionó la confianza otorgada y decidió rearmarse antes de que expirara el plazo, argumentando falta de garantías de seguridad. A pesar de esto, su libertad condicional fue prorrogada en varias ocasiones.
Rojas lidera actualmente la organización Comandos de Frontera (CDF), considerada un apéndice de la Segunda Marquetalia de las disidencias de las FARC, la cual delinque en la zona de frontera con Ecuador y Nariño.
Bajo el gobierno de Gustavo Petro y en el marco de la Paz Total, Rojas fue nuevamente beneficiado para participar en negociaciones de paz. Incluso, la Fiscalía General de la Nación le había suspendido temporalmente las órdenes de captura mediante una resolución del 12 de abril de 2024.
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La detención de Rojas se produjo recientemente en Bogotá, a pesar de la suspensión de órdenes nacionales, debido a que esta no cobijaba la circular roja de Interpol que se ejecutó. Es requerido por una corte de California, EE. UU., en su condición de cabecilla del CDF, por estar involucrado en el posible envío reciente de cocaína hacia los Estados Unidos.
Según la Corte Suprema, los delitos imputados son de naturaleza común y ocurrieron con posterioridad al límite temporal del 17 de diciembre de 1997, autorizado para la extradición de ciudadanos colombianos. La Corte aplicó la teoría de la ubicuidad, validando la jurisdicción de EE. UU. dado que la droga tenía como destino final ese país, produciendo efectos allí.
La Sala analizó los múltiples procesos activos en Colombia contra Rojas, pero concluyó que no existe cosa juzgada. La garantía de no doble juzgamiento solo opera si hay una sentencia definitiva, y las investigaciones nacionales aún permanecen en fase de indagación o investigación.
Se desestimó, según la Corte, el argumento de que su estatus como delegado de la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (CNEB) en mesas de paz otorgara inmunidad. La Corte reiteró que las resoluciones administrativas en ese sentido no vinculan su función constitucional.
El ente informó que los cargos equivalen en la legislación colombiana a financiación del terrorismo y de grupos de delincuencia organizada, la cual tiene una pena mínima de 13 años y concierto para delinquir agravado, que concluiría con una pena mínima de 12 años, satisfaciendo el requisito de pena mínima superior a cuatro años.
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El Gobierno Nacional, según la Corte, debe exigir a los Estados Unidos que respete el principio de especialidad y que no imponga la pena de muerte, prisión perpetua o tratos crueles. Además, se recordó al Gobierno su facultad de diferir la entrega hasta que Rojas cumpla las obligaciones o eventuales condenas derivadas de los procesos internos en curso.