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El expresidente Álvaro Uribe Vélez fue condenado por fraude procesal y soborno en actuación penal, luego de que más de 90 testigos declararan a favor y en contra del exmandatario tras 67 audiencias que se adelantaron desde el 6 de febrero de 2025. La jueza Sandra Heredia lo absolvió por el delito de soborno simple.
La sentencia se leerá el viernes 1 de agosto, a las 2:00 p.m. La pena sería de entre 6 y 8 años.
Solicitará “establecer un criterio de ponderación, de razonabilidad, donde se privilegie la libertad de quien ha comparecido durante todo este proceso, además asumiendo su defensa material, declarando en su defensa”. Reiteró su petición a la juez Heredia para "que mantenga la situación de libertad del doctor Álvaro Uribe Vélez" hasta conocer la condena.
Emitió "fallo condenatorio por las conductas punibles de soborno en actuación penal en concurso homogéneo y en concurso heterogéneo en relación con el delito de fraude procesal", y emitió "fallo absolutorio en relación con el delito de soborno".
Dicho delito está relacionado con el caso de Hilda Niño Farfán, exfiscal de justicia y paz, a quien supuestamente Diego Cadena le habría ofrecido beneficios para que declarara en contra de Eduardo Montealegre y Jorge Perdomo. “Este estrado puede optar por eximir del cargo al encausado”, dijo.
“Este evento de fraude procesal, junto con los otros que han sido analizados con antelación, ha quedado suficientemente probado”, señaló. Luego manifestó que “quedó demostrado más allá de duda razonable la materialidad de esta conducta en concurso homogéneo”.
“El primer soborno en actuación penal en cuanto a materialidad de conducta punible ha quedado acreditado”, expresó Heredia. Minutos después, reiteró que: "Debe la instancia acompañar la pretensión de la Fiscalía General de la Nación en el sentido de dar por acreditada la conducta punible de soborno en actuación penal, la cual se ejecutó en concurso homogéneo".
“No es designio de la providencia, mandato de Dios o alineación de los planetas que, al tiempo, todos los protagonistas se abocaran a una misma causa”, que era “embotellar a Juan Guillermo Monsalve”, manifestó la juez.
La juez Heredia leyó conversaciones del exabogado, en las que dijo que la labor del jurista estaba orientada “a lograr la retractación del testigo Juan Guillermo Monsalve, quien a cambio tendría determinados beneficios, y no propiamente jurídicos”. Añadió que “el señor Cadena sí le reportaba en tiempo real al procesado lo que en su nombre estaba ejecutando”.
Para la juez, la "ausencia de confiabilidad en los datos digitales dificulta delimitar cuál de las teorías cuentan con mayor vigor probatorio. (...) ¿Quién podría confirmar que la postura del político fue hacer caso omiso a los mensajes enviados por ‘Caliche’, como con ahínco lo esgrimió en su testimonio, y no que en la tarea de enmascarar su propio compromiso penal, se alteró la trazabilidad, se eliminaron datos o se adulteraron los screenshots de los chats?".
“Para este estrado, hasta el mejor libreto construido puede quedarse con una mínima falla de continuidad”, dijo la togada al hablar del “encuentro en la ciudad de Neiva de la que se deriva la participación del convocado a juicio y las instrucciones impartidas presuntamente a sus emisarios para constreñir al cautivo hasta lograr decir su retractación”.
Sandra Heredia se refirió al testimonio de Carlos Eduardo López Callejas, alias Caliche, quien, dijo, “tenía un interés magnánimo por librar de cualquier compromiso penal al aquí acusado, incluso en contra de sí mismo, lo que lo llevó a apropiarse de culpas ajenas”.
“Su testimonio no cumple el propósito que perseguía la defensa de mostrar al entrevistado (Juan Guillermo) como un vil mentiroso, al que su propia familia lo desmiente y le da la espalda, porque a la postre el señor Óscar Antonio fue contradictorio, evasivo, aduciendo que se imagina, entiende, altera el objeto de las reuniones y los favores prometidos. Por ello no ofrece mayor insumo para desvirtuar al llamamiento a juicio”, señaló.
La jurista manifestó que “la realidad de Juan Guillermo Monsalve no ha sido fácil, no solo por el hecho de pesar sobre sí más de una condena por delitos comunes que le mantienen cautivo, también debe afrontar la insensibilidad, ingratitud, desprecio de su propia familia, amigos y compañeros de prisión que prefieren mostrarlo como un delincuente sin frenos, con el único propósito de salvaguardar la inocencia de quien hoy afronta este proceso en calidad de inculpado, aun a costa de incurrir en falsos testimonios”.
Según la juez Sandra Heredia, el testigo estrella en el juicio contra Álvaro Uribe “es el más criticado por la defensa”. Sin embargo, lo que dijo en 2011y lo que se escuchó en el juicio actual no evidencia “las contradicciones expresadas por la defensa”, afirmó.
“Tuvo el valor civil, no solo de sostener su discurso, sino de documentarlo, porque desde entonces era consciente de las afrentas que debía llevar sobre su espalda”, añadió.
“Se limito a informar lo que le consta en relación con los hechos jurídicamente relevantes respecto de las visitas que ejecutó en diferentes establecimientos carcelarios”, precisó la togada.
No hay "asomo de dudas en su autenticidad. En consecuencia, existe más allá de toda duda, convencimiento acerca de los autores presentes en las grabaciones, la identidad de las voces, el lugar y el momento", dijo la juez Sandra Heredia, afirmando que al ser reproducida en el juicio "no presentó alteración en el tiempo".
La juez Heredia señala que, según lo establecido por la ley, resultarían “legalmente válidas porque su práctica no requiere previa orden judicial”, ya que “se ha realizado de su propia voz e imagen de persona que es víctima”.
La defensa de Álvaro Uribe había pedido descartarlas porque no se respetó la cadena de custodia.
Heredia indicó que “no existía secreto profesional que mereciera protección constitucional, toda vez que el ejercicio de abogacía se habría desnaturalizado como medio para facilitar o encubrir conductas presuntamente delictivas”.
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“Dichas interacciones exceden los fines legítimos del ejercicio profesional y se enmarcan en un contexto de presunta ilicitud”, agregó, reiterando que “la protección del secreto profesional cede ante el interés superior de la justicia penal y el deber del Estado de investigar y sancionar las conductas ilícitas”, considerando “ajustada a derecho la valoración de los contenidos interceptados” entre el expresidente y su exabogado Diego Cadena.
“Las comunicaciones evidenciaban la posible planeación de una conducta delictiva”, dijo la juez sobre las interceptaciones captadas entre el 9 de marzo y el 28 de marzo de 2018.
La jueza Sandra Heredia le dijo al expresidente Uribe que “reconoce su presencia, disposición procesal y el respeto a este juicio”. Añadió que a pesar de los honorables cargos que ha ocupado y estar en calidad de acusado, lo ha hecho con “gallardía y cordialidad”.
“Todos somos iguales ante la ley”, añadió.
Los juristas adelantan sus diferentes procesos de manera virtual para garantizar la lectura del veredicto sobre Álvaro Uribe Vélez. El tercer piso, donde avanza el proceso, está cerrado. Mientras, a las afueras del edificio, los partidarios y detractores del expresidente esperan a conocer la decisión.
Desde Antioquia, el exmandatario se conectó virtualmente a la etapa final de su juicio por fraude procesal y soborno. Uno de sus defensores, Jaime Lombana, estuvo presente en los juzgados de Paloquemao. "La espera ha finalizado", dijo la juez antes de empezar a leer su decisión tras un juicio que, según la misma togada, ha durado 475 días.