El magistrado Camilo Suárez Aldana de la JEP informó que siete miembros del exsecretariado de las Farc fueron condenados a “la máxima sanción imponible en este modelo de justicia, esto es 8 años de sanción propia”.
Los condenados como máximos responsables por toma de rehenes, homicidio y crímenes de lesa humanidad, entre 1993 y 2012, consistentes en privación de libertad, asesinatos y desapariciones forzadas, fueron: Rodrigo Londoño, Jaime Alberto Parra, Milton de Jesús Toncel, Pablo Catatumbo, Pastor Alape, Julián Gallo y Rodrigo Granda.
También se les endilga, en calidad de autores de responsabilidad por mando, los crímenes de guerra de tortura, tratos crueles, atentados a la dignidad personal, violencia sexual, desplazamiento forzado y crímenes de lesa humanidad de tortura, esclavitud y otros actos inhumanos, señala el fallo. (Lea también: Testimonios de víctimas de reclutamiento forzado: cuestionan versión de extintas Farc sobre abusos)
¿En qué consiste la pena de 8 años contra el exsecretariado de las Farc?
De acuerdo con la JEP, los exlíderes guerrilleros “trabajarán por 8 años en búsqueda de personas desaparecidas, acción integral contra minas, recuperación del medio ambiente y reparación simbólica”.
La decisión del alto tribunal contempla que los siete miembros de las exfarc cumplan con los siguientes requerimientos:
- Los sancionados permanecerán bajo un régimen de condicionalidad que les exige seguir aportando verdad cada vez que sean requeridos en las distintas investigaciones de la JEP a las que siguen vinculados por otros crímenes cometidos durante el conflicto.
- Las obras serán monitoreadas por el Mecanismo de Monitoreo y Verificación de las Sanciones Propias, conformado por la JEP y la Misión de Verificación de la ONU.
- El Gobierno Nacional es responsable de garantizar los recursos y las medidas necesarias para la ejecución y cumplimiento de la sanción.
- Además, la sección impartió órdenes adicionales a entidades estatales, entre ellas a la Unidad de Víctimas, para que revele la inclusión de las víctimas en sus registros y, en este y en el caso, estas puedan acceder a la reparación administrativa.
- El proceso judicial de la JEP por los secuestros permitió reconstruir la magnitud de los crímenes imputados, la evolución de las prácticas, las dinámicas que alimentaron las atrocidades, los impactos psicosociales sufridos por las víctimas y sus familias, el daño a comunidades y territorios, así como las políticas que llevaron a su comisión.
- La primera sentencia en el caso de secuestro sancionó a los máximos responsables de las políticas y patrones macrocriminales de esta práctica. No será la única: vendrán otras contra los responsables de los secuestros en la extinta guerrilla. A la fecha, 41 mandos medios han sido imputados por estos crímenes y otros han reconocido su responsabilidad en los patrones documentados por la JEP.
- En el Caso 01, el tribunal estableció que ocurrió un fenómeno de macrovictimización y un daño sistémico. Se reconocieron daños sufridos por las víctimas a bienes, ingresos, salud física y mental, identidad, existencia, sexualidad, moral, ambiental y territorial.
POR SANDRA SORIANO SORIANO
COORDINADORA DIGITAL NOTICIAS CARACOL
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