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La ciudad de Cartagena de Indias, conocida por su alta afluencia residencial y turística, mantendrá sin modificaciones la aplicación de su sistema de pico y placa durante la semana hábil, comprendida entre el martes 4 y el viernes 7 de noviembre de 2025 debido a que el lunes 3 de noviembre es festivo. Esta normativa, implementada y vigilada por el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT) en nombre de la Alcaldía Mayor, busca principalmente optimizar la circulación vehicular y asegurar una mayor fluidez en las arterias urbanas.
La disposición actual forma parte de una fase de rotación que inició el 6 de octubre de 2025 y está proyectada para extenderse hasta el 2 de enero de 2026. Es fundamental recordar que la medida aplica exclusivamente de lunes a viernes, exceptuando los días festivos.
Para la semana del 3 al 7 de noviembre, el esquema de restricción, determinado por el último dígito de la placa del vehículo, se aplicará de la siguiente manera:
Para los automóviles de uso particular, la restricción opera en dos segmentos horarios, buscando aliviar el tráfico en los momentos de mayor congestión. Estos son: de 7:00 a.m. a 9:00 a.m. durante la mañana, y de 6:00 p.m. a 8:00 p.m. en la tarde.
La reglamentación para motocicletas es significativamente más amplia en cuanto a horarios. La medida se aplica en una jornada continua, que inicia a las 5 de la mañana y finaliza a las 11 de la noche. Esta regulación abarca cualquier modalidad y cilindraje, incluyendo vehículos como cuatrimotos, tricimotos, motocarros y bicicletas equipadas con motor.
Además de la restricción diaria por placa, las motocicletas están sujetas a normativas especiales que se mantienen vigentes hasta principios de 2026. Una de las más destacadas es la prohibición total de ingreso y circulación en el Centro Amurallado, específicamente en los barrios históricos de San Diego, Centro, La Matuna y Getsemaní. No obstante, se permite el tránsito por corredores viales específicos como la Avenida Luis Carlos López, a la altura de la India Catalina, continuando por la Avenida Concolón hasta la Calle 30.
Adicionalmente, se mantiene una restricción nocturna general para estos vehículos, impidiendo su circulación entre las 11:00 p.m. y las 5:00 a.m. del día siguiente. También sigue vigente la prohibición de transportar en motocicleta a mujeres en estado de gestación o a menores de 12 años en toda la ciudad.
Las autoridades han sido claras en la penalización por la violación de estas medidas. Circular en días u horarios prohibidos conlleva una sanción económica. La multa impuesta es equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, aplicable tanto al conductor como al propietario del vehículo. Sumado a la penalidad financiera, el vehículo automotor podría ser objeto de inmovilización. Esta disposición se fundamenta en lo establecido por el Código C14, literal C, del artículo 21 de la Ley 1383 de 2010.
ANDRÉS FELIPE ADAMES RESTREPO
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