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La ciudad de Cartagena de Indias mantendrá la implementación rigurosa de su medida de restricción vehicular conocida como pico y placa durante el lunes 27 de octubre y el viernes 31 de octubre. Esta normativa, establecida por la Alcaldía Mayor a través del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT), busca optimizar la circulación vehicular y contribuir a la fluidez en el área urbana.
La disposición actual corresponde a una fase de rotación que comenzó el 6 de octubre de 2025 y está prevista para extenderse hasta el 2 de enero de 2026, sin aplicación durante los días festivos.
El calendario de restricción para vehículos particulares y motocicletas está determinado por el último dígito de la placa, aplicando de lunes a viernes. Para la semana del 27 al 31 de octubre, el esquema de restricción es el siguiente:
Es importante destacar la diferencia en la aplicación horaria según el tipo de vehículo. Para los automóviles particulares, la medida se aplica en dos segmentos horarios durante las horas pico: en la mañana, de 7:00 a.m. a 9:00 a.m., y en la tarde, de 6:00 p.m. a 8:00 p.m.
En el caso de las motos, la restricción opera en una jornada continua mucho más amplia, abarcando desde las 5:00 a.m. hasta las 11:00 p.m. Esta reglamentación para motos cubre cualquier modalidad y cilindraje, e incluye vehículos como cuatrimotos, tricimotos, motocarros y bicicletas equipadas con motor.
Además de la restricción por dígito de placa, existen normativas especiales para la circulación de motocicletas que se mantienen vigentes hasta principios de enero de 2026. Una de las más relevantes es la restricción en el Centro Amurallado, que prohíbe el ingreso y la circulación de motocicletas en los barrios históricos de Centro, San Diego, La Matuna y Getsemaní. No obstante, se permite el tránsito por corredores específicos, como a la altura de la India Catalina, Avenida Luis Carlos López, continuando por la Avenida Concolón hasta la Calle 30.
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Adicionalmente, se mantiene una restricción nocturna general para motocicletas, prohibiendo su circulación entre las 11:00 p.m. y las 5:00 a.m. del día siguiente. También sigue vigente la prohibición de transportar a bordo de motocicletas a menores de 12 años o a mujeres en estado de gestación en todo el territorio de Cartagena.
Las autoridades de tránsito han enfatizado que el incumplimiento de las medidas de pico y placa puede generar serias consecuencias para los conductores.
La violación de la normativa resulta en una sanción económica equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes. Esta multa se aplica al conductor o al propietario del vehículo que sea detectado circulando en horarios y días prohibidos. Además de la penalidad financiera, el vehículo automotor involucrado podría ser objeto de inmovilización, conforme a lo establecido en el Código C14 del literal C del artículo 21 de la Ley 1383 de 2010.
El objetivo fundamental de estas medidas es asegurar que la ciudad, un destino de alta afluencia turística y residencial, pueda sostener una mejor dinámica vehicular a medida que avanza el último trimestre del año 2025.
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ANDRÉS FELIPE ADAMES RESTREPO
NOTICIAS CARACOL