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Cabezote sección COLOMBIA Noticias Caracol 2025 DK

Ratifican condena en prisión contra policía por el crimen del futbolista Harold David Morales

No obstante, el tribunal rebajó la sentencia y absolvió a otros dos uniformados que habían sido vinculados al proceso por presuntamente encubrir el homicidio del menor de edad.

Por crimen del futbolista Harold David Morales, ratifican pena en prisión a un policía
Fiscalía General de la Nación

El Tribunal Superior de Cartagena de Indias condenó a más de 33 años de cárcel al patrullero Octavio Darío Porras por el asesinato de Harold David Morales, un futbolista de 17 años, ocurrido en 2020 en esa ciudad caribeña, informó este 2 de mayo la Fiscalía General de la Nación.

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En enero de 2026, un juez había condenado en primera instancia a Porras a 44 años y 2 meses de prisión, así como a otros dos uniformados a penas de entre 13 y 14 años, pero la sentencia fue revisada por el tribunal, que modificó la sentencia y absolvió a los otros implicados. En el fallo de segunda instancia, el tribunal confirmó la responsabilidad del agente y lo sentenció a una pena de 33 años y 4 meses de prisión por los delitos de homicidio agravado y falsedad ideológica en documento público.

¿Cómo ocurrió el crimen de Harold David Morales?

Según la investigación, el 24 de agosto de 2020 el policía Porras llegó a un lavadero de coches en el barrio San Francisco, de Cartagena, donde agredió al adolescente Harold David Morales porque "no le dio información precisa sobre los horarios de atención del establecimiento", afirmó la Fiscalía.

El joven, que asistía a una escuela de fútbol de Cali, capital del departamento de Valle del Cauca y se encontraba temporalmente en Cartagena, intentó huir para evitar la agresión, pero fue perseguido por el patrullero, quien le disparó en el abdomen con su arma de dotación. Aunque la víctima fue trasladada a un centro asistencial, falleció poco después.

El tribunal también estableció que el uniformado incurrió en "maniobras para intentar justificar su actuación", entre ellas la alteración de reportes oficiales en los que dijo que el menor de edad era miembro de una pandilla y que supuestamente había atacado al funcionario con un arma artesanal, la cual fue obtenida y entregada en cadena de custodia.

Sin embargo, análisis balísticos y otras pruebas demostraron que esa versión no era cierta, pues el joven no portaba armas de fuego y el artefacto hechizo presentado por el uniformado no era apto para disparar.

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En la misma decisión, el tribunal absolvió a los patrulleros Iván Darío Olivo de Ávila y Juan Esteban Gómez, quienes habían sido condenados en primera instancia por favorecer el encubrimiento y por falsedad en documento público. Contra esta determinación la Fiscalía interpuso el recurso de casación.

AGENCIA EFE
EDITADO POR SANDRA SORIANO SORIANO
COORDINADORA DIGITAL NOTICIAS CARACOL

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