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Bancos sí están obligados a responder a sus clientes cuando hay fraude: Corte Suprema

La institución financiera no podrá exonerarse del deber de indemnizar a los usuarios con la simple prueba de haber obrado de manera diligente, dijo el tribunal.

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Los bancos están obligados a responderles a sus clientes cuando un tercero burla los protocolos de seguridad y de verificación y logra apropiarse del dinero de los usuarios financieros, así lo señala un fallo de la Corte Suprema de Justiciaque indica que las entidades bancarias no pueden alegar que con la sola investigación ya respondieron por un fraude.

El fallo de la Sala Civil advierte que los bancos captan dineros del público con la obligación de restituirlos, y asumen un deber de custodia y seguridad.

Según la sentencia, emitida en las últimas horas, los bancos son civilmente responsables cuando un tercero accede a esos recursos mediante fraude.

“La comentada inobservancia comprometerá la responsabilidad civil del banco, salvo que demuestre el acaecimiento de una causa extraña. La institución financiera no puede exonerarse del deber de indemnizar con la simple prueba de haber obrado de manera diligente”, dice el fallo.

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“La Corte Suprema de Justicia declaró en esta sentencia que las entidades financieras son responsables por la pérdida de sus recursos y están obligadas a indemnizar a los depositantes reembolsándoles el valor extraviado más los intereses de mora causados en la fecha que se pierden los recursos y la fecha de pago”, explica Harol Hernández Albarracin, experto en asuntos civiles.

Sobre el fraude con cheques, los bancos son aún más responsables por la seguridad.

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“En este evento, la Corte precisa que las entidades financieras disponen de elementos adicionales que les permitirían establecer unos controles más estrictos para evitar este tipo de fraudes, como el hecho de que sean las mismas entidades financieras las que elaboran los formatos de cheques y establecen sistemas o mecanismos de verificación”, agrega el experto.

Pero la responsabilidad no es automática, pues esta puede recaer en los usuarios en casos específicos.

“Por ejemplo, cuando un depositante extravió la tarjeta débito y la tarjeta débito tenía escrita la clave para retirar los recursos”, indica Hernández.

En el fallo, la Corte dice que cuando fraudulentamente le sacan el dinero a un cliente, el banco no puede descargar su responsabilidad por solas averiguaciones hechas, pues falta al contrato bancario cuando incumple los protocolos de verificación.

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