
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) emitió una advertencia a la ciudadanía sobre la circulación de mensajes falsos que utilizan su nombre e imagen institucional para engañar a los contribuyentes. El objetivo de estas comunicaciones fraudulentas es obtener información personal o financiera para cometer delitos como suplantación de identidad y estafa.
El anuncio se realiza en medio del calendario oficial de vencimientos para la presentación de la declaración de renta de personas naturales correspondiente al año gravable 2024. La entidad señala que, en las últimas semanas, se ha identificado un aumento de casos de fraude digital, especialmente a través de mensajes de texto, correos electrónicos y servicios de mensajería instantánea.
Dian alerta por estafas con declaración de renta
Uno de los mensajes detectados comienza con la frase "DIAN: su estado fiscal presenta mora" y advierte sobre supuestas sanciones y cobros coactivos, fijando incluso una fecha límite para "regularizar" la situación. El texto incluye un enlace acortado que dirige a páginas web que imitan el diseño del portal oficial de la Dian. Una vez en esos sitios, a las personas se les solicita información como números de documento, datos de cuentas bancarias y contraseñas. La información robada puede ser utilizada en otros delitos como apertura de cuentas fraudulentas, solicitudes de crédito sin autorización o transferencias bancarias no autorizadas.
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La táctica utilizada, conocida como phishing, busca generar un sentido de urgencia y preocupación en la víctima para que actúe sin verificar la autenticidad del mensaje. Según la información compartida por la Dian en redes sociales, este tipo de fraudes son más comunes en épocas de vencimiento de plazos tributarios, cuando muchos ciudadanos están pendientes de comunicaciones de la entidad.

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¿Cómo saber si un mensaje de la Dian es falso?
La Dian recordó en su comunicado que no solicita información personal ni financiera a través de mensajes de texto o enlaces externos, y que toda notificación oficial se realiza por medio de sus canales institucionales: el portal web de la Dian, las sedes físicas y las líneas de atención autorizadas. Entre las principales recomendaciones para evitar ser víctima de este tipo de engaños se encuentran:
- No abrir enlaces acortados o que no correspondan al dominio oficial de la Dian.
- No entregar datos personales, contraseñas ni información bancaria a través de medios no oficiales.
- Consultar cualquier notificación directamente en el portal de la entidad.
- Desconfiar de mensajes que utilicen un tono alarmante o que presionen para actuar de inmediato.
La entidad insiste en que, ante la duda, es preferible verificar la información antes de realizar cualquier acción. Además, invita a denunciar los intentos de fraude ante las autoridades competentes.
Calendario oficial de la Dian para declarar renta
El proceso de declaración de renta de personas naturales para el año gravable 2024 comenzó el 12 de agosto de 2025 y se extiende hasta el 24 de octubre de este año. Las fechas de vencimiento están determinadas por los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) del contribuyente. El calendario para agosto es el siguiente:
- 12 de agosto: NIT terminados en 01-02
- 13 de agosto: NIT terminados en 03-04
- 14 de agosto: NIT terminados en 05-06
- 15 de agosto: NIT terminados en 07-08
- 19 de agosto: NIT terminados en 09-10
- 20 de agosto: NIT terminados en 11-12
- 21 de agosto: NIT terminados en 13-14
- 22 de agosto: NIT terminados en 15-16
- 25 de agosto: NIT terminados en 17-18
- 26 de agosto: NIT terminados en 19-20
- 27 de agosto: NIT terminados en 21-22
- 28 de agosto: NIT terminados en 23-24
- 29 de agosto: NIT terminados en 25-26
En septiembre y octubre continuará el cronograma para los demás rangos de NIT, hasta completar el grupo de contribuyentes obligados a declarar.
Requisitos para declarar renta en agosto 2025
No todas las personas están obligadas a presentar la declaración. Según el artículo 10 del Estatuto Tributario, se consideran residentes fiscales quienes permanezcan más de 183 días en Colombia en un periodo de 365 días, trabajen para el Estado colombiano en el exterior, tengan más del 50% de su patrimonio o ingresos en el país, residan en jurisdicciones de baja imposición o hayan sido requeridos por la DIAN.
Entre los criterios para estar obligado a declarar se encuentran el nivel de ingresos anuales, el valor del patrimonio bruto, el monto de las compras o consumos con tarjetas de crédito y el total de consignaciones o depósitos bancarios durante el año. Para cumplir con la declaración de renta de forma virtual, los contribuyentes deben contar con su Registro Único Tributario (RUT) actualizado y con una firma electrónica habilitada.
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El RUT es el documento que permite identificar y clasificar a las personas o empresas que tienen obligaciones tributarias. Su inscripción puede realizarse a través del portal oficial de la Dian, en la sección "Inscripción virtual RUT", donde se solicita información personal y económica. Una vez completado el formulario, la entidad emite el documento oficial, que debe actualizarse en caso de cambios en la dirección, actividad económica o datos de contacto.
La firma electrónica, por su parte, se habilita ingresando al portal transaccional de la Dian, registrando un usuario y creando una contraseña segura. Este mecanismo permite firmar digitalmente la declaración y otros trámites sin necesidad de acudir a una sede física.
VALENTINA GÓMEZ GÓMEZ
NOTICIAS CARACOL
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