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Las multas para este año aumentaron debido al nuevo valor del salario mínimo. No portar el equipo básico en motos implica una sanción de $711.750 pesos, equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV). La multa aplica tanto para conductores de vehículos como para motociclistas, quienes muchas veces desconocen que también están obligados a cumplir esta norma. ¿De qué se trata?
Uno de los elementos más importantes del equipo obligatorio para vehículos (tanto carros como motos) es el kit de carretera, diseñado para responder ante emergencias mecánicas o accidentes menores en la vía. Aunque tradicionalmente se asocia con automóviles, la ley colombiana no hace distinción: todo conductor debe portar los elementos mínimos exigidos por el Código Nacional de Tránsito, Ley 769 de 2002, artículo 30, bajo la infracción C11. No tenerlos, llevarlos incompletos o vencidos, puede derivar en una multa inmediata durante un control de tránsito. “Ningún vehículo podrá transitar por las vías del territorio nacional sin portar el siguiente equipo de carretera como mínimo (...)”, sostiene la ley.
Además del impacto económico, no portar el kit puede poner en riesgo la seguridad del conductor y de otros usuarios de la vía. En situaciones de emergencia, contar con los elementos adecuados puede marcar la diferencia entre resolver un incidente rápidamente o quedar expuesto a mayores peligros.
Aunque el contenido del kit puede variar ligeramente según el tipo de vehículo, hay una lista base que todo motociclista debe tener en cuenta:
Aunque muchas motocicletas no tienen espacio para portar todos los elementos que sí caben en un automóvil, la ley no exime a los motociclistas de esta obligación. La Resolución 10800 de 2003 y el Artículo 30 del Código Nacional de Tránsito establecen que todos los vehículos deben portar el equipo de prevención y seguridad, sin excepción.
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“La motocicleta, según dicha definición, también es un vehículo, aunque con características de peso y dimensiones diferentes a las de un automóvil. Por ejemplo, la misma norma la define como ‘vehículo automotor de dos ruedas en línea, con capacidad para el conductor y un acompañante (...). No obstante, es importante tener en cuenta que la motocicleta, como se mencionó, tiene dimensiones y pesos distintos a los de otros vehículos sobre ruedas (automóviles, camiones). En tal sentido, debe interpretarse esta disposición de manera lógica, pues no todos los elementos a los que se refiere el artículo 30 de la norma son aplicables a la motocicleta debido a sus características diferenciales. Por lo tanto, la motocicleta debe portar los elementos que sus condiciones permitan y que sean necesarios para un tránsito seguro”, explica la ley.
Esto significa que, aunque algunos elementos como el gato hidráulico o la llanta de repuesto no aplican para motos, sí deben llevar los demás componentes adaptados a su medio de transporte. Por ejemplo, una linterna pequeña, un botiquín compacto y señales reflectivas plegables.
No basta con portar el kit: debe estar completo, vigente y en buen estado. Un extintor vencido, un botiquín incompleto o señales reflectivas deterioradas también pueden ser motivo de sanción. Las autoridades de tránsito están facultadas para revisar cada componente y aplicar la multa si alguno no cumple con los requisitos.
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En Colombia, se pueden adquirir kits de carretera en tiendas especializadas, concesionarios, grandes superficies y plataformas de comercio electrónico. Es importante asegurarse de que los productos estén homologados y cuenten con garantía. Algunos kits vienen diseñados específicamente para motociclistas, con versiones compactas y ligeras.
DANNA SOFÍA SUÁREZ G
PERIODISTA DE NOTICIAS CARACOL
DSSUAREZ@CARACOLTV.COM.CO