La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica de Argentina (ANMAT) reveló en una nueva disposición la prohibición de varios productos de café. La decisión se dio luego de que encontraran que dichos artículos no contaban con la rotulación debida y no estaban autorizados para su comercialización en el territorio argentino.
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"ANMAT informa que, mediante la Disposición N° 8385/25, se prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea", se lee en un comunicado de la entidad, mencionando varios productos, entre los que se destaca uno denominado "Café Colombia".
¿Qué se sabe de la alerta sanitaria de la ANMAT?
En la disposición de la entidad argentina se explica que se prohíbe la comercialización en todo el territorio nacional de cualquier producto que en su rótulo indique el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) con el número 4050-141467, ya que se trata de un registro inexistente empleado en rótulos falsos. Estos son los productos mencionados en la alerta sanitaria:
- Puro café espresso estilo italiano tostado natural en grano, Doge Rosso Blend, marca Caffé del Doge, Il Caffé di Venezia, RNPA Exp. N° 4050-141467, Elaborado y envasado por RNE N° 02-033393, Para: Junio 1995 SRL, Miguel Angel 1827 2A (CP 1416)
- Café Clásico, marca Café Sol, Línea baristas, RNE N°: 02-033393, RNPA EXP. N° 4050-141467
- Café Colombia, marca Café Sol, Línea baristas, RNE N°: 02-033393, RNPA EXP. N° 14050-141467
- Café Gourmet, marca Café Sol, Línea baristas, RNE N°: 02-033393, RNPA EXP. N° 4050-141467
- Café, marca Café Sol, Línea baristas, RNE N°: 02-033393, RNPA EXP. N° 4050-141467
- Puro café estilo italiano tostado natural en grano, Intenso Blend, marca Caffé del Ponte Rialto, Elaborado y envasado por RNE N° 02-033393, RNPA Exp. N° 4050-141467, Para: Junio 1995 SRL, Miguel Angel 1827, CABA
- Café tostado natural, Expresso Café Crema
La disposición dice que la prohibición se hace "en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento" mencionados anteriormente. "La medida fue adoptada luego de una investigación realizada por el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL (Instituto Nacional de Alimentos), en la cual se verificó que los productos mencionados carecen de registros sanitarios válidos de establecimiento y de producto (RNE y RNPA), y que exhiben números de registro inexistentes o pertenecientes a otros elaboradores, resultando ser productos apócrifos".
Por último, la ANMAT recomendó a las personas no consumir los productos indicados en la alerta sanitaria y en la disposición legal. "En caso de haberlos adquirido, evitar su uso y realizar la denuncia correspondiente ante la autoridad sanitaria local".
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¿Cómo funciona la normativa de Argentina para alimentos?
De acuerdo con el Decreto N° 4238/1968, la rotulación de un producto en el territorio argentino "es toda inscripción, leyenda, imagen o toda materia descriptiva o gráfica que se halle escrita, impresa, estarcida, marcada en relieve o hueco grabado o adherida al envase de un alimento”. La información surge asimismo de lo establecido en la Resolución Nº 36/93 GMC (Grupo Mercosur) que ya está incluida en el Código Alimentario Argentino.
En el rotulado se debe poder dar con la identificación del producto, la procedencia, la fecha de elaboración, fecha de vencimiento, y la composición, en caso de ser un producto elaborado. Esta es la información obligatoria que debe aparecer en los rótulos de los productos en el país suramericano:
- Denominación de venta del alimento.
- Lista de ingredientes.
- Contenido neto.
- Identificación del origen.
- Identificación del lote.
- Fecha de duración mínima.
- Preparación e instrucciones de uso del alimento cuando corresponda.
MATEO MEDINA ESCOBAR
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