Este viernes, 19 de julio de 2024, la Corte Constitucional dio a conocer que declaró inexequible un inciso del Plan Nacional de Desarrollo (PND) que había cambiado la metodología para que la adquisición de tierras se hiciera por vía administrativa y a través de un procedimiento breve sin intervención judicial, algo que muchos habían calificado como expropiación exprés.
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“La Sala Plena de la Corte Constitucional estudió dos demandas de inconstitucionalidad formuladas contra el numeral 6 y el parágrafo 3 del artículo 61 de la Ley 2294 de 2023, que modificaban el trámite de algunos procesos agrarios. En concreto, las normas acusadas eliminaban la fase judicial que prevé el Decreto Ley 902 de 2017 para el desarrollo de los siguientes procesos: clarificación de la propiedad, deslinde y recuperación de baldíos, extinción judicial del dominio sobre tierras incultas, caducidad administrativa, condición resolutoria del subsidio, reversión y revocatoria de titulación de baldíos”, informó el alto tribunal.
La fase judicial de dichos procesos se reactiva con el fallo de la Corte Constitucional, que declaró inexequibles el numeral 6 y el parágrafo 3 “por vicios en su proceso de formación, particularmente por la violación de los principios de publicidad, consecutividad e identidad flexible”.
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Corte declaró inexequibles el numeral 6o y el parágrafo 3o del artículo 61 de la Ley 2294 de 2023 por vicios en su proceso de formación, particularmente por la violación de los principios de publicidad, consecutividad e identidad flexible.
— Corte Constitucional (@CConstitucional) July 19, 2024
C-294/24
M.P. Natalia Ángel Cabo
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La Corte analizó inicialmente “si se desconoció el principio de publicidad en el segundo debate llevado a cabo en la plenaria del Senado porque, según la demanda, los senadores no conocieron ni tuvieron la oportunidad de conocer el contenido de la proposición a través de la cual se introdujeron las normas demandadas al proyecto de ley”.
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“La Sala Plena concluyó que, en relación con las normas demandadas, no se acudió a un mecanismo de publicidad que garantizara el conocimiento de los congresistas y, por lo tanto, se violó el principio de publicidad, el cual constituye un presupuesto para el debate y adopción de una decisión democrática. En efecto, la Corte constató que los senadores no pudieron conocer el alcance de las normas sobre las que recayó su decisión”, anotó el alto tribunal.
Reacciones a la decisión de la Corte Constitucional
Felipe Harman, director de la Agencia Nacional de Tierras, rechazó la decisión de la Corte Constitucional que le quita dientes a su entidad para fijar posiciones frente a los procesos agrarios de la nación.
“Desde el sector agricultura, estamos articulando y articularemos aún más, con nuestra ministra Marta Carvajalino, en presentar una propuesta normativa que soporte y sostenga la posibilidad de mantener estas estas competencias asociadas a la posibilidad de hacer justicia real en el campo y también a pedir el acompañamiento de un movimiento vital, como el movimiento campesino de Colombia, en lograr las transformaciones necesarias para que esta reforma agraria sea una realidad”, aseguró.
La decisión de la @CConstitucional es un golpe a la #Reforma Agraria.
— Harman Felipe (@harmanfelipe) July 20, 2024
Limita las competencias de procesos Agrarios a la @AgenciaTierras
Pesó más un vicio de forma que la implementación del Acuerdo de Paz.
Insistiremos con más fuerza en una propuesta normativa, acompañados del… pic.twitter.com/Ufij3pidiU
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Entretanto, desde el Ministerio de Agricultura hicieron un llamado al Congreso de la República para avanzar en el trámite de la ley que reglamenta la jurisdicción agraria. "Solo así podremos continuar de manera decidida con la #ReformaAgraria en beneficio del campesinado", indicaron.
Desde el #MinAgricultura, y a propósito de la decisión de la @CConstitucional respecto al numeral 6, parágrafo 3, del artículo 61 del Plan Nacional de Desarrollo, hacemos un llamado al Congreso de la República para avanzar en el trámite de la ley que reglamenta la… pic.twitter.com/wEz0m8NVMi
— Min. de Agricultura (@MinAgricultura) July 20, 2024
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Por su parte, el presidente de Colombia, Gustavo Petro, consideró que, “con esta decisión, la Corte restringe seriamente el cumplimiento del acuerdo de paz en su aspecto central: la reforma agraria pacífica”.
La magistrada Diana Fajardo tiene toda la razón. No se puede leer el programa de gobierno ni el plan de desarrollo sin el principio rector que ganó el electorado. Cumplir el acuerdo de paz y por tanto hacer la reforma agraria.
— Gustavo Petro (@petrogustavo) July 20, 2024
Con esta decisión la corte restringe seriamente el… https://t.co/44FeAPkBek
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